Ante la costumbre “en estas fechas de Navidad”, de la población de explosionar petardos y otros artificios pirotécnicos en lugares de pública concurrencia, con el consiguiente peligro que conlleva, produciendo alarma entre los ciudadanos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Art. 21 e. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; art.24 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local ( Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril); y el art. 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales ( Real Decreto 2568/86, de 28 de Noviembre), se hace necesario recordar las observancias de las normativas vigentes en esta materia.
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