Declaración Responsable

Declaración Responsable de obras e instalaciones sin proyecto

Este tipo de licencias se conceden para obras que en el art. 169 bis apartado 1a) y b) de la ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía , que se indican a continuación :

1.a) LOUA: Obras de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no requieran proyecto de acuerdo con la legislación vigente en materia de edificación, consistentes en:

  • Modificación, reforma o rehabilitación parcial de una construcción o instalación de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta.
  • Cerramientos y vallados.
  • Obras menores, tales como sustitución, renovación o reparación de revestimientos, alicatados, pavimentos, falsos techos, carpintería interior, fontanería, instalaciones eléctricas, enlucidos y pinturas, etc.
  • Trabajos previos a la construcción, tales como sondeos, prospecciones, catas, ensayos y limpieza de solares.

1.b) LOUA: Obras en edificaciones e instalaciones existentes, en suelo urbano consolidado y conformes con la ordenación urbanística, que no alteren los parámetros de ocupación y altura, ni conlleven incrementos en la edificabilidad o el numero de viviendas.

Para información y tramitación, personarse en el Servicio de Atención al Ciudadano.

Documentación necesaria:

  • Declaración responsable. Descargar archivo. Se presenta, junto a la documentación que se indica, en el Registro General de Entrada de Documentos, o también a través de la Sede Electrónica.
  • Documentación técnica que contenga:Fotocopia del DNI/NIF del solicitante.-PROYECTO TÉCNICO (en papel y en soporte informático) -Art. 2 en relación con el art. 4 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Criterios de aplicación del art. 2 del Código Técnico de la Edificación.

    -Nombramiento de Técnico/s Director/es de obra, y/o Dirección de la ejecución material de y Coordinador Seguridad y Salud, justificado mediante los oportunos certificados colegiales o bien mediante los visados colegiales de esta solicitud.

    -Cuestionario de Estadística de Edificación y vivienda e Identificación Finca Registral y Catastral (Nota simple/Certificación Catastral).

    -MEMORIA DESCRIPTIVA Y GRÁFICA que defina las características generales de su objeto y del inmueble en el que se pretenda llevar a cabo las obras, exigible por el art. 13.1.a) del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

    -Plano-croquis de la obra.

    -Fotos estado actual.

    -Presupuesto detallado.

    -Relación de materiales de acabado que se van a utilizar (en relación a fachada).

    -Documento Justificativo de LA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL de la Licencia de Obras, del en concepto de ICIO (según art. 7 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del ICIO)y en concepto de Tasas (según art. 7 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el servicio de expedición de licencias urbanísticas), y en concepto de FIANZA 1% sobre el PEM (Depósito Mínimo 300 €)(art. 9.7 apartado 5 del PGOU) (si procede) – DICHA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEBERÁ DETRAMITARSE EN EL DEPARTAMENTO DE URBANISMO.

    -Autorización, Informes sectoriales previos y/o Resolución de Calificación Ambiental.

    -Autorización o Concesión exigibles por la normativa reguladora del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

    -Declaración Responsable Ocupación Vía Publica por Obras previstas articulo 169 bis LOUA (Anexo IV de la Ordenanza Municipal de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial): Descargar Archivo.-(Instrucciones: Descargar Archivo).- (Pago de Tasas: Descargar archivo)

    – Otros: ___________________________________________________________________.

     

  • Documento Justificativo de la Liquidación Provisional de la Licencia de Obras, que se tramitará en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento. Ver Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y ObrasOrdenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Otorgamiento de Licencias Urbanísticas y Plan General de Ordenación Urbana (PGOU)

Condiciones durante la realización de las obras:

Deberá exhibir en la obra el correspondiente cartel, según el modelo adjunto:

  • Cartel de Obras Sin Proyecto Descargar Archivo
  • Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía: Descargar.
  • Guía Práctica de Aplicación de la Declaración Responsable y la comunicación Previo en materia de urbanismo: Descargar.

 

Declaración Responsable de Ocupación de obras e instalaciones

Este tipo de licencias se conceden para la ocupación o utilización de las obras/edificaciones ó cambios de uso en las edificaciones que en el art. 169 bis apartado 1c) , d) y e) de la ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía , que se indican a continuación :

  • Art. 169.bis.1. c) de la LOUA: La ocupación o utilización de las obras en edificaciones e instalaciones existentes, en suelo urbano consolidado y conformes con la ordenación urbanística, que no alteren los parámetros de ocupación y altura, ni conlleven incrementos en la edificabilidad o el numero de viviendas, siempre que las edificaciones e instalaciones se encuentren terminadas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación.
  • Art. 169.bis.1. d) de la LOUA: La primera ocupación y utilización de nuevas edificaciones, siempre que se encuentren terminadas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación y con la licencia de obras concedida.
  • Art. 169.bis.1. e) de la LOUA: Los cambios de uso en las edificaciones e instalaciones existentes, en suelo urbano consolidado y conformes con la ordenación urbanística, que no alteren los parámetros de ocupación y altura, ni conlleven incrementos en la edificabilidad o el numero de viviendas, o en parte de las citadas edificaciones , dentro de los permitidos por la ordenación urbanística vigente.

Documentación necesaria:

  • Declaración responsable. Descargar Archivo.Se presenta, junto a la documentación que se indica, en el Registro General de Entrada de Documentos.
  • Fotocopia del DNI/NIF del solicitante.
  • Declaración de Alteración Tributaria Catastral, según modelo oficial.
  • CERTIFICADO TECNICO FINAL DE OBRAS E INSTALACIONES, expedido por Técnico competente, visado por el Colegio Oficial en los supuestos que así lo exija el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, en el que conste la efectiva y completa finalización de las obras y que se ajustan a la documentación técnica aportada con la solicitud de la licencia de obras o declaración responsable presentada en su día para ejecutar las obras; Que las instalaciones cumplen con las condiciones exigibles por las normas que le son aplicables y que se han realizado las pruebas y ensayos previstas en las mismas y reglamentos que afectan; así como que el edificio o local se halla dispuesto para su adecuada utilización.
  • Plano Final de Obras, conforme al proyecto Técnico aprobado, expedido por Técnico competente.
  • Dos fotografías del edificio en las que se recojan los viales adyacentes. (tamaño 10×15).
  • Documento Justificativo de LA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL de la Licencia de Ocupación/Utilización, según art. 7 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el servicio de expedición de Licencias Urbanísticas – DICHA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEBERÁ DE TRAMITARSE EN EL DEPARTAMENTO DE URBANISMO.
  • Autorización, Informes sectoriales previos y/o Resolución de Calificación Ambiental.
  • DECLARACION RESPONSABLE PARA EL EJERCICIO DE UNA ACTIVIDAD DE SERVICIOS.
  • Otros: __________________________________________________________________________________
  • La liquidación provisional se tramita en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento. Ver la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Otorgamiento de Licencias Urbanísticas

Marco Legal:

  • Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía: Descargar
  • Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Descargar
  • Planeamiento municipal: Plan General de Ordenación Urbana: Enlace para acceder al Plan
  • Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía. Descargar.
  • Guía Práctica de Aplicación de la Declaración Responsable y la comunicación Previo en materia de urbanismo. Descargar

Comunicación previa relativa a prorroga de obras

Tiene por objeto la comunicación previa para las que en el art. 169 bis apartado 5a), b) y c de la ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía , se indican a continuación :

  • Art. 169 Bis .5.a) de la ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía: Los cambios de titularidad de las licencias y declaraciones responsables. La falta de presentación de dicha comunicación implicará que los titulares quedarán sujetos con carácter solidario a las responsabilidades que pudieran derivarse de la actuación que se realice al amparo de dicha licencia.
  • Art. 169 Bis .5.b) la ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía: El inicio de las obras.
  • Art. 169 Bis .5.c) de la ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía: Las prórrogas del plazo para el inicio y terminación de las obras con licencia o declaración responsable en vigor.

Documentación necesaria:

Condiciones durante la realización de las obras:

  • Deberá exibir en la obra el correspondiente carte, según el modelo que se adjunta:-Cartel de Obras Declaración Responsable. Descargar archivo.

Marco Legal:

  • Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía. Descargar.
  • Guía Práctica de Aplicación de la Declaración Responsable y la comunicación Previo en materia de urbanismo. Descargar