Licencia para obras y cocheras

Licencias urbanísticas de obras e instalaciones con proyecto

Este tipo de licencias se conceden para obras de edificación de nueva planta, y para edificaciones e instalaciones existentes en Suelo No Urbanizable y en Urbano Consolidado cuando alteren parámetros de Ocupación y altura e incrementen la edificabilidad y número de viviendas.

Documentación necesaria:

  • Instacia de Solicitud debidamente cumplimentada. Descargar Archivo. Se presenta, junto a la documentación que se indica, en el Registro General de Entrada de Documentos.
  • Ejemplar de Proyecto Básico (1) o Básico y de Ejecución Visado por el Colegio Oficial correspondiente.
  • Instancia de Dirección de Obra Visado por el Colegio Oficial correspondiente.
  • Ejemplar de Estudio de Seguridad y Salud Visado por el Colegio Oficial correspondiente.
  • Ejemplar de Proyecto de Infraestructura Básica de Telecomunicaciones Visado por el Colegio Oficial correspondiente, si procede.
  • Cuestionario de Estadística de Edificación y vivienda.
  • Documento Justificativo de LA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL de la Licencia de Obras, del en concepto de ICIO (según art. 7 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del ICIO) y en concepto de Tasas (según art. 7 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el servicio de expedición de licencias urbanísticas), y en concepto de FIANZA 1% sobre el PEM (Depósito Mínimo 300 €)(art. 9.7 apartado 5 del PGOU) (para Canalizaciones en viario público o similares: 60 € por metro lineal )(Suelo No Urbanizable: Según art. 52.4. de la LOUA)(si procede) – DICHA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEBERÁ DE TRAMITARSE EN EL DEPARTAMENTO DE URBANISMO.
  • La liquidación provisional se tramita en el Departamamento de Urbanismo de este Ayuntamiento. Ver Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Alcantarillado y Depuración de Aguas Residuales ; Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras  y  Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Otorgamiento de Licencias Urbanísticas
  • Solicitud de Ocupación de Vía Pública por obras sujetas a Licencias Urbanísticas: Descargar Archivo. (Instrucciones: Descargar Archivo).- (Pago de Tasas: Descargar archivo)

(1) Condiciones antes del Inicio de las Obras:

En el caso de haber presentado proyecto Básico, antes del inicio de las obras deberá presentar Proyecto Básico y de Ejecución Visado por el Colegio Oficial correspondiente, así como documento expreso de conformidad de este Proyecto con el Proyecto Básico presentado para la obtención de la Licencia Urbanística. Descargar archivo

Condiciones durante la realización de las Obras:

Deberá exhibir en la obra el correspondiente cartel, según los modelos adjuntos:

Marco Legal:

  • Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la  Sostenibilidad del Territorio de  Andalucía: Descargar
  • Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Descargar
  • Planeamiento municipal: Plan General de Ordenación Urbana: Enlace para acceder al Plan
  • Guía Práctica de Aplicación de la Declaración Responsable y la comunicación Previo en materia de urbanismo: Descargar

Licencias de instalación de suministro eléctrico con proyecto

El artículo 175 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), establece que la contratación de los servicios por las empresas suministradoras de energía eléctrica, agua, gas, y servicios de telecomunicaciones exigirán, para la contratación definitiva de los servicios respectivos, en cualquier tipo de suelo, la licencia de ocupación o primera utilización.

En los casos de Edificaciones Fuera de Ordenación o Asimilados al Régimen de Fuera de Ordenación, la contratación de los servicios se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en la Resolución que así los declare.

Para la contratación de agua potable y luz eléctrica en Suelo No Urbanizable, se habrá de estar al régimen jurídico de la construcción/edificación para la que se solicita el suministro:

  1. Las/os titulares de construcciones que sean conformes a la ordenación urbanística, habrán de tramitar la correspondiente Licencia de Utilización.
  2. Las/os titulares de edificaciones que carecen de Licencia, y que fueron completamente terminadas antes de la entrada en vigor de la Ley 19/1975, de 2 de mayo, deberán recabar del Ayuntamiento Certificación Administrativa en la que se hará constar el régimen aplicable.
  3. Si la construcción está en situación de Fuera de Ordenación, se habrá de solicitar Certificación Administrativa donde se establezca el régimen jurídico aplicable a la misma, conforme a lo previsto en el art. 34.2 de la LOUA.
  4. Las edificaciones que carecen de Licencia urbanística, y a las que no resulte posible la adopción de medidas de protección de la legalidad ni el restablecimiento del orden jurídico perturbado, se le aplicará el régimen establecido en el Decreto-ley 3/2019, de 24 de diciembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Disposición Adicional Primera de la LOUA, debiendo tramitar el procedimiento regulado en los artículo 5 y siguientes del citado Decreto-ley.

Para los supuestos contemplados en los ordinales 2º, 3º y 4º, se habrá de presentar la siguiente documentación:

a) Certificado suscrito por técnico competente donde conste:

  • Identificación de la edificación afectada, señalando el número de finca registral y catastral, así como la localización geográfica, donde pueda concretarse la categoría de Suelo No Urbanizable a la que está adscrito (de especial protección, de carácter natural o rural, Hábitat Rural Diseminado, etc…)
  • Fecha de terminación de la edificación.
  • Condiciones de seguridad y salubridad
  • Uso al que se destina
  • Planos acotados de planta y distribución interior
  • Justificación urbanística del régimen de aplicación

b) Fotografías exteriores e interiores

c) Nota Simple actualizada (Registro de la Propiedad) y Certificación Catastral (Hacienda Local)d) Justificación del pago de las tasas, conforme a la TARIFA Nº 4 de la Ordenanza Fiscal Nº 28, según se tramite Certificación Urbanística (Epígrafe 4.2 – 31,95 €) o Expediente de Reconocimiento de la Situación de Asimilado a Fuera de Ordenación (Epígrafe 4.9 – 3,50 % del coste real y efectivo de la edificación, con un mínimo de 300 €.

Legislación aplicable:

  • Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). Descargar
  • Texto Refundido del PGOU. Enlace
  • Decreto-ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Descargar

Licencias de cocheras

Licencias para cocheras.-

Para solicitar licencia para cochera hay que presentar en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento la siguiente documentación:

  • Modelo instancia debidamente cumplimentada y firmada: Descargar archivo.
  • Si la cochera es para uso particular, presentar fotografías de la fachada y acceso.
  • Si la cochera es para taller o almacén, además de presentar fotografías de la fachada y acceso, hay que presentar la licencia de apertura.
  • Si es para una cochera colectiva, además de indicar el numero de plazas, hay que presentar fotografías de la fachada y acceso, y licencia de apertura
  • Si se solicita reserva permanente de aparcamiento para poder realizar maniobras para la entrada y salida del vehículo de la cochera, hay que presentar croquis de situación y fotografías de la zona de reserva que se solicita.

Cambio de titular de licencias para cocheras.-

Para solicitar el cambio de titular de licencia para cochera hay que presentar en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento la siguiente documentación:

  • Modelo instancia debidamente cumplimentada y firmada: Descargar archivo.
  • Copia simple de la escritura de compra-venta de la cochera.

Renovación de licencias para cocheras.-

Para solicitar renovación de licencia para cochera hay que presentar en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento la siguiente documentación: