Las opiniones y/o sugerencias se pueden presentar hasta el 18 de julio 2021
La Ley 14/2007 del Patrimonio Histórico de Andalucía, recoge en su artículo 4.1. el deber de colaboración entre las Administraciones Públicas para la defensa, conservación, fomento y difusión del Patrimonio Histórico, mediante relaciones recíprocas de plena comunicación, cooperación y asistencia mutua. En el artículo 4.2 dispone que "corresponde a los municipios la misión de colaborar activamente en la protección y conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz que radiquen en su término municipal, en especial a través de la ordenación urbanística, así como realizar y dar a conocer el valor cultural de los mismos". Al mismo tiempo, la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía, establece en su artículo 7 los principios de fomento y colaboración, señalando que "La Administración de la Junta de Andalucía promoverá la creación de museos y colecciones museográficas, especialmente, en colaboración con las Entidades Locales en cuyo ámbito territorial de competencias haya bienes integrantes del patrimonio histórico de Andalucía".
Asimismo, la Ley 5/2010 de Autonomía Local de Andalucía, define como servicios locales de interés general "los que prestan o regulan y garantizan las entidades locales en el ámbito de sus competencias y bajo su responsabilidad, así como las actividades y prestaciones que realizan a favor de la ciudadanía orientadas a hacer efectivos los principios rectores de las políticas públicas contenidos en el Estatuto de Autonomía de Andalucía". Establece esta Ley, en su artículo 8, que "los municipios andaluces tienen competencia para ejercer su iniciativa en la ordenación y ejecución de cualesquiera actividades y servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades de la comunidad municipal, siempre que no estén atribuidas a otros niveles de gobierno". El artículo 30, rotulado "Creación de servicios públicos", determina, en su número 1, que "Las entidades locales acordarán, por medio de ordenanza, la creación y el régimen de funcionamiento de cada servicio público local. La prestación del servicio se iniciará a la entrada en vigor de la ordenanza correspondiente".
En cumplimiento de este marco normativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se pretende elaborar el borrador de la futura ordenanza municipal que regule la creación y prestación del servicio publico del Espacio Creativo y Cultural Santa clara de Palma del Rio.
Al objeto de obtener, con carácter previo a la aprobación de la citada ordenanza, las opiniones y/o sugerencias de la ciudadanía, se abre una consulta pública hasta el próximo 18 de julio de 2021.
La presentación de opiniones y/o sugerencias se realizará a través del Registro General de Entrada de este Ayuntamiento, bien de forma presencial (personándose en las dependencias municipales) o telemáticamente, a través de la Sede Electrónica. Para utilizar este medio, pinchar AQUI.
En el archivo adjunto se publica el anuncio de la consulta.