Con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC), con carácter previo a la elaboración del “Reglamento para la Cesión y gestión de los Huertos Sociales y de Ocio de Palma del Río”, se someterá a consulta pública a través del portal web de este Ayuntamiento, donde se recogerán las opiniones y/o sugerencias de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas y potencialmente afectadas por el nuevo Reglamento, acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles
soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
La Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en su artículo 4.1.a) atribuye a los municipios las potestades reglamentarias y de organización. Este Ayuntamiento cuenta con terrenos municipales destinados a huertos sociales y de ocio, donde poder realizar iniciativas de ocupación del tiempo libre, cultivo de alimentos ecológicos destinados al autoconsumo, relación e integración social e intergeneracional, fomento de hábitos saludables, etc., para lo cual es necesario disponer de los medios regulatorios necesarios para lograr estos objetivos.
Asimismo, la Ley 5/2010 de Autonomía Local de Andalucía, establece en su artículo 8, que "los municipios andaluces tienen competencia para ejercer su iniciativa en la ordenación y ejecución de cualesquiera actividades y servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades de la comunidad municipal, siempre que no estén atribuidas a otros niveles de gobierno". Son competencias vinculadas a la implantación del proyecto de Huertos Sociales y de Ocio de Palma del Río, las que se establecen en el artículo 9 de esta Ley, en los apartados 12 g) Promoción, defensa y protección del medio ambiente, 13 d) Promoción, defensa y protección de la salud pública, 15 a) Gestión de la defensa y protección de personas usuarias y consumidoras, en la información y educación en materia de consumo, 18 a) Promoción del deporte y 21 Fomento del desarrollo económico y social.
En cumplimiento de este marco normativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía y para mantener y mejorar los beneficios que los usuarios de los huertos sociales han estado consiguiendo hasta ahora con este proyecto de huertos, es necesario aprobar un nuevo Reglamento que regule la cesión y gestión de los mismos, adaptándose a los objetivos propios del proyecto, las necesidades propias de los beneficiarios y las características propias de las parcelas.
Forma y plazo de presentación de opiniones y sugerencias
En función de todo lo expuesto se abre la presente consulta pública hasta el próximo 14 de enero de 2022, para que las personas y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la aprobación de este Reglamento puedan presentar opiniones y sugerencias a través de del correo electrónico: desarrollolocal@palmadelrio.es, del portal web del Ayuntamiento de Palma del Río (www.palmadelrio.es) o a través del Registro General de entrada de este Ayuntamiento.
El anuncio puede consultarse en este enlace.