• Anuncio aprobación relación definitiva de los solicitantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río «Línea 2- Ayuda para la creación de empleo estable».Anuncio.
  • Decreto de ampliación del plazo de resolución establecido en las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a a incentivar la creación de empresa y empleo estable en el término municipal de Palma del Río publicadas en el BOP n.º 144 de fecha 27 de julio de 2022 y en la convocatoria aprobada mediante  Decreto n.º 1769 de 28 de julio de 2022. Anuncio.
  • Aprobación de la relación provisional de los solicitantes para los que se propone concesión de subvención, cuantía y evaluación de los criterios de valoración de los solicitantes admitidos en la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río “Línea 1 -Ayuda para las creación de empresas en la localidad»Anuncio.
  • Aprobación de la relación provisional de los solicitantes para los que se propone concesión de subvención, cuantía y evaluación de los criterios de valoración de los solicitantes admitidos en la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río “Línea 3 -Ayuda para las empresas que se instalen en los Polígonos Industriales de Palma del Río”. Anuncio.
  • Anuncio relación definitiva de los solicitantes admitidos a la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río Línea 1,- Ayuda para la creación de empresas e la localidad”Anuncio.
  • Anuncio aprobación relación provisional de los solicitantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río «Línea 1- Ayuda para la creación de empresas de en la localidad»Anuncio.
  • Anuncio aprobación relación provisional de los solicitantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río «Línea 2- Ayuda para la creación de empleo estable». Anuncio.
  • Anuncio aprobación relación provisional de los solicitantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río «Línea 4- Ayuda para el fomento del auto-empleo en la localidad». Anuncio.
  • Anuncio aprobación relación definitiva de los solicitantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río «Línea 3- Ayuda para las empresas que se instalen en los Polígonos Industriales de Palma del Río «Anuncio.
  • Aprobación de la relación definitiva de los solicitantes para los que se propone concesión de subvención, cuantía y evaluación de los criterios de valoración de los solicitantes admitidos en la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río “Línea 3 -Ayuda para las empresas que se instalen en los Polígonos Industriales de Palma del Río”. Anuncio.
  • Aprobación de la relación definitiva de los solicitantes para los que se propone concesión de subvención, cuantía y evaluación de los criterios de valoración de los solicitantes admitidos en la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río “Línea 1 -Ayuda para las creación de empresas en la localidad». Anuncio.

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Convocatoria 2022 de subvenciones destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río

Objeto:  El objeto de las ayudas es impulsar y fomentar la actividad económica en la localidad, otorgando liquidez a las empresas y autónomos para  la reactivación y recuperación económica y la generación  y mantenimiento del empleo estable en la localidad.

Con el establecimiento de estas ayudas se persigue también que las empresas y
entidades empleadoras creen nuevas oportunidades para mujeres víctimas de violencia de género, contribuyendo al fomento de la igualdad de oportunidades para este colectivo especialmente vulnerable.

Para tal fin se establecen las siguientes Líneas de Subvenciones:

Línea 1.-  Ayuda para la creación de empresas en la localidad.

Línea 2.-  Ayuda para la creación de empleo estable.

Línea 3.- Ayuda para las empresas que se instalen en los Polígonos Industriales de Palma del Río.

Línea 4.-  Ayuda para el fomento del auto-empleo en la localidad.

Plazo de presentación de solicitud: Del 4 de agosto al 18 de agosto de 2022

Beneficiarios de la subvención y Requisitos.

Podrán solicitar la subvención las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, legalmente constituidas, que  desarrollen una actividad económica  en el término municipal de Palma del Río,  y  que cumplan los siguientes requisitos generales y específicos, según la línea por la que se opte:

Requisitos generales:

  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatal y frente a la Seguridad Social.
  • Estar al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Palma del Río.
  • No estar incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Tener su domicilio fiscal y social  en el término municipal de Palma del Río.
  • Encontrarse dado de alta en el censo de Actividades Económicas de la AEAT en la actividad que le corresponda.
  • En el caso de las personas físicas deberán también estar afiliados y en alta, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA)  o en la Mutua profesional correspondiente.

Requisitos específicos:

  • En el supuesto que se opte a la ayuda definida en la Línea 1, el solicitante deberá ser persona jurídica, así como haber iniciado su actividad económica  dentro del periodo de los doce meses anteriores a la fecha de cierre de la  convocatoria. Se tomará como fecha de inicio de actividad la de alta en el censo de Actividades Económicas de la AEAT.
  • Para optar a las ayudas descritas en la Línea 2, el solicitante deberá ser persona física o  jurídica y tener algún contrato de trabajo en vigor con carácter indefinido realizado  dentro del periodo de los doce meses anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria. Se considerarán válidos los contratos transformados de temporal a fijo dentro del citado periodo.
  • En el caso de la ayuda definida en la Línea 3, el solicitante  deberá ser persona física o  jurídica que inicie su actividad en algunos de los polígonos industriales de Palma del Rio dentro del periodo de los doce meses anteriores a la fecha de cierre de la  convocatoria. Se tomará como fecha de inicio de actividad en los polígonos la reflejada en la última declaración censal simplificada de alta y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT. Para la presente línea se encuentran excluidos aquellos solicitantes que desarrollen actividad de promoción inmobiliaria.
  • Y en el supuesto que opten a la ayuda definida en la Línea 4, el solicitante deberá ser persona física, así como haber iniciado su actividad económica dentro del periodo de los doce meses anteriores a la fecha de cierre de la  convocatoria. Se tomará como fecha de inicio de actividad la de alta en el RETA o en la Mutua profesional correspondiente.

Quedan excluidas las sociedades civiles sin personalidad jurídica y no tributen por el impuesto de sociedades, las comunidades de bienes, así como cualquier otro tipo de agrupación de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica.

También serán excluidas aquellas entidades con personalidad jurídica en las que alguno de los socios pertenezcan a otra entidad distinta y también hayan presentado solicitud de ayuda para la misma línea o cualquier otra línea. Si se produce éste supuesto, será admitida la primera solicitud presentada, excluyéndose las posteriores.

Será incompatible presentar solicitud como persona física y como socio integrante de una entidad con personalidad jurídica. Si se produce éste supuesto, será admitida la primera solicitud presentada, excluyéndose las posteriores.

Podrá presentarse un máximo de una solicitud de ayuda por solicitante, y cada solicitante sólo podrá optar por una línea de ayuda, por lo que las solicitudes presentadas con posterioridad a cualquier línea serán excluidas.

Línea 1.-  Ayuda para la creación de empresas en la localidad.

Crédito  asignado: 30.000,00 €
Importe máximo por beneficiario: 1.000,00 €

Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables los siguientes, que se hayan realizado realizados y pagados en el periodo  en el período comprendido entre el 1 de enero  y el 31 de diciembre de 2022  siempre que sean inherentes a la actividad:

  • Gastos de constitución de la entidad solicitante. Componen tales gastos de constitución: Notaría y Registro Mercantil.
  • Gastos salariales y de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores contratados por cuenta ajena.
  • Gastos derivados de contratos de suministro energía, agua, teléfono fijo e internet, específicamente referido al local donde se desarrolla la actividad.
  • Gastos de asesoría fiscal, contable y laboral vinculados a la actividad.
  • Gastos derivados de la contratación de servicios de prevención de riesgos laborales
  • Gastos de Seguros vinculados a la actividad, tales como seguros de responsabilidad civil, accidente convenio e incendio y robo (referidos al local afecto a la actividad).

Criterios de baremación:

Para la presente línea se valorará la antigüedad de la actividad. Se valorará la fecha de  alta en dicha actividad económica. Se computará la antigüedad a fecha del último día del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitud de la ayuda:

  • De más de 9 meses hasta 12 meses……………………..1 punto
  • De más de 6 meses hasta 9 meses………………………2 puntos
  • De 3 meses hasta 6 meses………………………………..3 puntos
  • Menos de 3 meses………………………………………….4 puntos

La antigüedad en la actividad se acreditará mediante Certificado de situación en el censo de Actividades Económicas de la AEAT, emitido a partir del plazo establecido para la presentación de solicitud de la ayuda.

En el supuesto de que la empresa tuviera más de una actividad, se tendrá en cuenta la reflejada en la memoria, y en caso de no indicarlo o no indicarlo conforme al IAE se tomará la  más antigua. Y si en el censo aparece reflejada la misma actividad dos veces pero con distintas fechas de inicio, se valorará la más antigua.

Documentación  a presentar:

Persona física (Autónomo):

  • Solicitud (Anexo I)
  • Memoria de la actuación para la que solicita ayuda (Anexo II)
  • Copia del DNI.
  • Para acreditar el  alta en el Régimen Especial de Autónomos, se deberá presentar certificado de situación actual del trabajador emitido por la Seguridad Social o certificado de la mutualidad profesional con indicación de alta  en la actividad con fecha a partir del plazo establecido para la presentación solicitud de subvención.
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, que indique la actividad económica, fecha de alta,  domicilio fiscal y del local de desarrollo de la actividad (en su caso),  emitido a partir del plazo establecido para la presentación de  solicitud de subvención.
  • Certificados de estar al corriente el solicitante con las siguientes administraciones:

– AEAT.
– Seguridad Social
– Hacienda Local

Persona jurídica :

  • Solicitud (Anexo I)
  • Memoria de la actuación para la que solicita ayuda (Anexo II)
  • Copia del DNI del representante
  • Copia de la acreditación de la representación legal de la entidad.
  • Copia del CIF de la entidad
  • Copia de las escrituras de constitución o estatutos de la entidad y sus modificaciones inscritas en el correspondiente registro.
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, que indique la actividad económica, fecha de alta,  domicilio fiscal y del local de desarrollo de la actividad,  emitido a partir del plazo establecido para la presentación de  solicitud de subvención.
  •  Y en el caso de las sociedades civiles con personalidad jurídica deberán presentar el certificado de situación censal para acreditar la situación tributaria y obligaciones periódicas con la AEAT.
  • Informe emitido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la empresa de los últimos 12 meses.
  • Certificados de estar al corriente la entidad con las siguientes administraciones:

– AEAT.
– Seguridad Social
– Hacienda Local

Línea 2.-  Ayuda para la creación de empleo estable

Crédito asignado: 30.000,00 €
Importe máximo por beneficiario:  1.000,00 €

Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables los siguientes, que se hayan realizado realizados y pagados en el periodo  en el período comprendido entre el 1 de enero  y el 31 de diciembre de 2022  siempre que sean inherentes a la actividad:

  • Gastos salariales y de cotización empresarial a la Seguridad Social de los trabajadores contratados por cuenta ajena con carácter indefinido.

Criterios de baremación:

Para la presente línea se tendrá en cuenta el empleo estable generado por cuenta ajena, valorándose el número de trabajadores contratados por la empresa de forma indefinida a tiempo completo o contratos temporales transformados a indefinidos a tiempo completo, además del colectivo contratado. Los supuestos serían los siguientes:

– Cuando el solicitante tenga un sólo trabajador el máximo de puntos serán tres:

  • Un trabajador/a………………………1 punto
  • Si la trabajadora es victima de violencia de género se le suman 2 puntos

– Cuando el solicitante tenga más de un trabajador el máximo de puntos serán seis:

  • Dos trabajadores/as………………… 2 puntos
  • Por cada  trabajadora  victima de violencia de género  se le suman 2 puntos.

Se acreditará mediante Informe de trabajadores en alta, en el que se refleje la relación de trabajadores  adscritos al Código Cuenta de Cotización asignado a la empresa, emitido por la Seguridad Social con fecha a partir del plazo establecido en la convocatoria  para la presentación de solicitud de ayuda y copia del contrato de trabajo  y en su caso, conversión de contrato temporal en indefinido.

En el caso de acreditar contrato indefinido de mujeres víctimas de violencia de género, se deberá presentar acreditación de que dicha trabajadora es beneficiaria de bonificación en la cuota de la Seguridad Social, conforme a la normativa en vigor, al tener acreditada por la administración competente la condición de víctima de violencia de género. Se deberá aportar también el consentimiento de la trabajadora a la presentación por parte del empresario de información relativa a su contratación por su condición de mujer víctima de violencia de género.

Documentación  a presentar:

Persona física (Autónomo):

  • Solicitud (Anexo I)
  • Memoria de la actuación para la que solicita ayuda (Anexo II)
  • Copia del DNI.
  • Copia del contrato de trabajo con carácter indefinido.
  • Para acreditar el  alta en el Régimen Especial de Autónomos, se deberá presentar certificado de situación actual del trabajador emitido por la Seguridad Social o certificado de la mutualidad profesional con indicación de alta  en la actividad con fecha a partir del plazo establecido para la presentación solicitud de subvención.
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, que indique la actividad económica, fecha de alta,  domicilio fiscal y del local de desarrollo de la actividad (en su caso),  emitido a partir del plazo establecido para la presentación de  solicitud de subvención.
  • Certificados de estar al corriente el solicitante con las siguientes administraciones:

– AEAT.
– Seguridad Social
– Hacienda Local

Persona jurídica :

  • Solicitud (Anexo I)
  • Memoria de la actuación para la que solicita ayuda (Anexo II)
  • Copia del contrato de trabajo con carácter indefinido.
  • Copia del DNI del representante
  • Copia de la acreditación de la representación legal de la entidad.
  • Copia del CIF de la entidad
  • Copia de las escrituras de constitución o estatutos de la entidad y sus modificaciones inscritas en el correspondiente registro.
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, que indique la actividad económica, fecha de alta,  domicilio fiscal y del local de desarrollo de la actividad,  emitido a partir del plazo establecido para la presentación de  solicitud de subvención.
  •  Y en el caso de las sociedades civiles con personalidad jurídica deberán presentar el certificado de situación censal para acreditar la situación tributaria y obligaciones periódicas con la AEAT.
  • Informe emitido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la empresa de los últimos 12 meses.
  • Certificados de estar al corriente la entidad con las siguientes administraciones:

– AEAT.
– Seguridad Social
– Hacienda Local

Línea 3.- Ayuda para las empresas que se instalen en los Polígonos Industriales de Palma del Río.

Anuncio aprobación relación provisional de los solicitantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar la creación de empresas y empleo estable en el término municipal de Palma del Río «Línea 3- Ayuda para las empresas que se instalen en los Polígonos Industriales de Palma del Río». Descargar archivo.

Crédito asignado: 30.000,00 €
Importe máximo por beneficiario:  5.000,00 €

Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables los siguientes, que se hayan realizado realizados y pagados en el periodo  en el período comprendido entre el 1 de enero  y el 31 de diciembre de 2022  siempre que sean inherentes a la actividad:

  • Gastos salariales y de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores contratados por cuenta ajena.
  • Gastos en concepto de arrendamiento del local/nave que se encuentre en algunos de los polígonos industriales de Palma del Río, directamente afecto a la actividad conforme al censo de Actividades Económicas de la AEAT. (con contrato de  arrendamiento registrado por el órgano competente)
  • Las cuotas a la seguridad social  abonadas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o mutualidades  profesionales de las personas físicas solicitantes de la ayuda.
  • Gastos derivados de contratos de suministro de energía, agua, teléfono fijo e internet, específicamente referidos al local donde se desarrolla la actividad, situado en alguno de los polígonos industriales de Palma del Río.
  • Gastos de asesoría fiscal, contable o laboral vinculado a la actividad.
  • Gastos derivados de la contratación de servicios de prevención de riesgos laborales
  • Gastos de Seguros vinculados a la actividad, tales como seguros de responsabilidad civil, accidente convenio e incendio y robo (referidos al local afecto a la actividad sito en algunos de los polígonos industriales de Palma del Río).

Criterios de baremación:

Se tendrá en cuenta la tipología del solicitante o socios en su caso: Se valorará que el solicitante pertenezcan a cualquiera de los siguientes colectivos, siendo la puntuación máxima tres puntos:

  • Mayores de 45 años, mujeres, jóvenes menores de 35 años o discapacitados con un grado de minusvalía del 33% o superior………………………………………………  1 punto.
  • Mujeres victimas de violencia de género…   ……………….. 3 puntos.

En caso de tratarse de una persona física, debe pertenecer ésta a cualquiera de estos colectivos, y se acreditará  mediante copia  del documento nacional de identidad del solicitante.  Y en el caso de que el solicitante sea persona jurídica, al menos el 75 por ciento de los socios deben pertenecer a alguno de los colectivos para poder puntuar. El redondeo al calcular dicho porcentaje será a la baja. Y se acreditará mediante copia  del documento nacional de identidad de todos los socios.

Se acreditará la condición de discapacitado en grado igual o superior al 33%, mediante la presentación de Certificado o copia de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad emitido por el órgano competente.

La condición de víctima de violencia de género podrá acreditarse por alguno de los medios previstos en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, modificada por Real Decreto Ley 9/2018 de 3 de agosto, y la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género en Andalucía.

Documentación  a presentar:

Persona física (Autónomo):

  • Solicitud (Anexo I)
  • Memoria de la actuación para la que solicita ayuda (Anexo II)
  • Copia del DNI.
  • Para acreditar el  alta en el Régimen Especial de Autónomos, se deberá presentar certificado de situación actual del trabajador emitido por la Seguridad Social o certificado de la mutualidad profesional con indicación de alta  en la actividad con fecha a partir del plazo establecido para la presentación solicitud de subvención.
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, que indique la actividad económica, fecha de alta,  domicilio fiscal y del local de desarrollo de la actividad (en su caso),  emitido a partir del plazo establecido para la presentación de  solicitud de subvención.
  • Declaración censal simplificada de alta y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT donde se indique  la fecha en la que se inicia la actividad en algunos de los polígonos industriales de Palma del Río.
  • Certificados de estar al corriente el solicitante con las siguientes administraciones:

– AEAT.
– Seguridad Social
– Hacienda Local

Persona jurídica :

  • Solicitud (Anexo I)
  • Memoria de la actuación para la que solicita ayuda (Anexo II)
  • Copia del DNI del representante
  • Copia de la acreditación de la representación legal de la entidad.
  • Copia del CIF de la entidad
  • Copia de las escrituras de constitución o estatutos de la entidad y sus modificaciones inscritas en el correspondiente registro.
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, que indique la actividad económica, fecha de alta,  domicilio fiscal y del local de desarrollo de la actividad,  emitido a partir del plazo establecido para la presentación de  solicitud de subvención.
  •  Y en el caso de las sociedades civiles con personalidad jurídica deberán presentar el certificado de situación censal para acreditar la situación tributaria y obligaciones periódicas con la AEAT.
  • Informe emitido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la empresa de los últimos 12 meses.
  • Declaración censal simplificada de alta y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT donde se indique  la fecha en la que se inicia la actividad en algunos de los polígonos industriales de Palma del Río.
  • Certificados de estar al corriente la entidad con las siguientes administraciones:

– AEAT.
– Seguridad Social
– Hacienda Local

Línea 4.-  Ayuda para el fomento del autoempleo en la localidad.

Crédito asignado: 30.000,00 €
Importe máximo por beneficiario:  1.000,00 €

Gastos subvencionables:  Se consideran gastos subvencionables los siguientes, que se hayan realizado realizados y pagados en el periodo  en el período comprendido entre el 1 de enero  y el 31 de diciembre de 2022  siempre que sean inherentes a la actividad:

  • Las cuotas a la seguridad social  abonadas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o mutualidades   profesionales de las personas físicas solicitantes de la ayuda.
  • Gastos salariales y de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores contratados por cuenta ajena.
  • Gastos derivados de contratos de suministro energía, agua, teléfono fijo e internet, específicamente referido al local donde se desarrolla la actividad.
  • Gastos de asesoría fiscal, contable y laboral vinculados a la actividad.
  • Gastos derivados de la contratación de servicios de prevención de riesgos laborales
  • Gastos de Seguros vinculados a la actividad, tales como seguros de responsabilidad civil, accidente convenio e incendio y robo (referidos al local afecto a la actividad).

Criterios de baremación:
Para la presente línea se valorará la antigüedad de la actividad. Se valorará la fecha de  alta en dicha actividad económica. Se computará la antigüedad a fecha del último día del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitud de la ayuda:

  • De más de 9 meses hasta 12 meses……………………..1 punto
  • De más de 6 meses hasta 9 meses………………………2 puntos
  • De 3 meses hasta 6 meses………………………………..3 puntos
  • Menos de 3 meses………………………………………….4 puntos

La antigüedad en la actividad se acreditará mediante Certificado de situación en el censo de Actividades Económicas de la AEAT, emitido a partir del plazo establecido para la presentación de solicitud de la ayuda.

En el supuesto de que la empresa tuviera más de una actividad, se tendrá en cuenta la reflejada en la memoria, y en caso de no indicarlo o no indicarlo conforme al IAE se tomará la  más antigua. Y si en el censo aparece reflejada la misma actividad dos veces pero con distintas fechas de inicio, se valorará la más antigua.

Documentación  a presentar:

Persona física (Autónomo):

  • Solicitud (Anexo I)
  • Memoria de la actuación para la que solicita ayuda (Anexo II)
  • Copia del DNI.
  • Para acreditar el  alta en el Régimen Especial de Autónomos, se deberá presentar certificado de situación actual del trabajador emitido por la Seguridad Social o certificado de la mutualidad profesional con indicación de alta  en la actividad con fecha a partir del plazo establecido para la presentación solicitud de subvención.
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, que indique la actividad económica, fecha de alta,  domicilio fiscal y del local de desarrollo de la actividad (en su caso),  emitido a partir del plazo establecido para la presentación de  solicitud de subvención.
  • Certificados de estar al corriente el solicitante con las siguientes administraciones:

– AEAT.
– Seguridad Social
– Hacienda Local

Persona jurídica :

  • Solicitud (Anexo I)
  • Memoria de la actuación para la que solicita ayuda (Anexo II)
  • Copia del DNI del representante
  • Copia de la acreditación de la representación legal de la entidad.
  • Copia del CIF de la entidad
  • Copia de las escrituras de constitución o estatutos de la entidad y sus modificaciones inscritas en el correspondiente registro.
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, que indique la actividad económica, fecha de alta,  domicilio fiscal y del local de desarrollo de la actividad,  emitido a partir del plazo establecido para la presentación de  solicitud de subvención.
  •  Y en el caso de las sociedades civiles con personalidad jurídica deberán presentar el certificado de situación censal para acreditar la situación tributaria y obligaciones periódicas con la AEAT.
  • Informe emitido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la empresa de los últimos 12 meses.
  • Certificados de estar al corriente la entidad con las siguientes administraciones:

– AEAT.
– Seguridad Social
– Hacienda Local

Requisitos de los gastos subvencionables en común con todas las líneas:

Las facturas justificativas de gastos deberán ajustarse a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación. No se admitirán como justificantes de gastos los albaranes, las notas de entrega ni las facturas proforma.

De las facturas y documentos debe deducirse de forma indubitada que se relacionan directamente con la actividad económica del solicitante, ante la duda en este sentido esos gastos no serán tenidos en cuenta, y además todos los gastos deberán estar expedidos y pagados a nombre de la  persona / entidad  beneficiaria  de  la  subvención.
Para la acreditación del gasto de arrendamiento del local,  solo se considerarán los contratos de arrendamientos de local de negocio registrados por el órgano competente. Y como arrendatario debe constar la persona física o  persona jurídica solicitante de la ayuda.
En cuanto al pago de los gastos subvencionables no se admiten pagos en metálico, solo se podrá justificar mediante la documentación que se indica a continuación:

  • Transferencia bancaria: se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la transferencia el número de factura o, en su defecto, el concepto abonado.
  • Domiciliación bancaria: se justificará mediante la notificación bancaria del adeudo, y copia de extracto bancario en que figure el gasto.
  • Tarjeta bancaria: Resguardo de pago con tarjeta de crédito o débito del titular de la subvención, y copia de extracto bancario en que figure el gasto.

En ningún caso serán gastos subvencionables: El  IVA, tasas e impuestos cuando sean susceptibles  de recuperación o compensación.

Documentos anexos.
Anuncio convocatoria.pdf
Anexo II Memoria.pdf
Solicitud anexo I.pdf
Publicación extracto bop.pdf
Bases Reguladoras