• Anuncio relación provisional de los solicitantes para los que se propone concesión de subvención, valoración y cuantía, de los solicitantes admitidos en  la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas  a empresas y autónomos para el arrendamiento de locales comerciales en Palma del Río. Descargar
  • Anuncio aprobación relación definitiva de los solicitantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a empresas y autónomos para el arrendamiento de locales comerciales en Palma del Río. Descargar
  • Anuncio aprobación relación provisional de los solicitantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a empresas y autónomos para el arrendamiento de locales comerciales en Palma del Río. Descargar

 

Convocatoria 2022 subvenciones destinadas a empresas y autónomos para el arrendamiento de locales comerciales en Palma del Río

1. Objeto:  El objeto de las ayudas es financiar parcialmente los gastos de arrendamiento de locales comerciales que se dediquen de forma directa  al desarrollo de  una actividad empresarial y/o profesional,  con la finalidad de incentivar la puesta en marcha de nuevas iniciativas de negocio por parte de empresarios y enriquecer  el tejido económico de Palma del Río.

2. Plazo de presentación de solicitud: Del 4 de agosto al 18 de agosto de 2022

3. La subvención máxima por beneficiario será de 2.500,00 € excluido IVA (crédito disponible 30.000 €)

4. Podrán solicitar la subvención:   Podrán solicitar la subvención las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, legalmente constituidas, que  desarrollen una actividad económica  en el término municipal de Palma del Río,  y  que cumplan los siguientes requisitos:

  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatal y frente a la Seguridad Social.
  • Estar al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Palma del Río.
  • No estar incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Tener su domicilio fiscal y social  en el término municipal de Palma del Río.
  • Encontrarse dado de alta en el censo de Actividades Económicas de la AEAT en la actividad que le corresponda.
  • En el caso de las personas físicas deberán también estar afiliados y en alta, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o  Autónomos (RETA)  o en la Mutua profesional correspondiente.
  • Que  haya alquilado un local comercial en el término municipal de Palma del Río,  con excepción de los locales o naves ubicadas en los polígonos industriales de Palma del Río, en el periodo de los doce meses anteriores a la fecha de cierre de la  convocatoria. Se tomará como fecha de inicio de la actividad en el local afecto a la actividad la reflejada en la declaración censal simplificada de alta y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT.
  • Tener Licencia de Apertura emitida por este Ayuntamiento o en su caso Decreto de Alcaldía sobre control posterior de la declaración responsable presentada para apertura de establecimiento en vigor, en el periodo de los doce meses anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria.

Quedan excluidas las sociedades civiles sin personalidad jurídica y no tributen por el impuesto de sociedades, las comunidades de bienes, así como cualquier otro tipo de agrupación de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica.

También serán excluidas aquellas entidades con personalidad jurídica en las que alguno de los socios pertenezcan a otra entidad distinta y también hayan presentado solicitud de ayuda para la misma línea o cualquier otra línea. Si se produce éste supuesto, será admitida la primera solicitud presentada, excluyéndose las posteriores.

Será incompatible presentar solicitud como persona física y como socio integrante de una entidad con personalidad jurídica. Si se produce éste supuesto, será admitida la primera solicitud presentada, excluyéndose las posteriores.

5. Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables  los efectivamente realizados y pagados en el periodo  en el período comprendido entre el 1 de enero  y el 31 de diciembre de 2022, en las siguientes condiciones:

Gastos en concepto de arrendamiento del local, directamente afecto a la actividad conforme al censo de Actividades Económicas de la AEAT, que se encuentre en el término municipal de Palma del Río, con excepción de los  ubicadas en los polígonos industriales de Palma del Río.

Sólo se considerarán los contratos de arrendamientos de local de negocio registrados por el órgano competente. Y como arrendatario debe constar la persona física o  persona jurídica solicitante de la ayuda. Los gastos deberán estar expedidos y pagados a nombre de la  persona / entidad  beneficiaria  de  la subvención.
En cuanto al pago de los gastos subvencionables no se admiten pagos en metálico, solo se podrá justificar mediante la documentación que se indica a continuación:

  • Transferencia bancaria: se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la transferencia el número de factura o, en su defecto, el concepto abonado.
  • Domiciliación bancaria: se justificará mediante la notificación bancaria del adeudo, y copia de extracto bancario en que figure el gasto.
  • Tarjeta bancaria: Resguardo de pago con tarjeta de crédito o débito del titular de la subvención, y copia de extracto bancario en que figure el gasto.

6. Criterios de valoración de las solicitudes.

1. Las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en estas bases se valorarán conforme a los siguientes criterios objetivos:

1.1. Se tendrá en cuenta la tipología del solicitante o socios en su caso: Se valorará que el solicitante pertenezcan a cualquiera de los siguientes colectivos, siendo la puntuación máxima tres puntos:

  • Mayores de 45 años, mujeres, jóvenes menores de  35 años o discapacitados con un grado de minusvalía del 33% o superior………………………………………  1 punto.
  • Mujeres victimas de violencia de género…   ……………….. 3 puntos.

En caso de tratarse de una persona física, debe pertenecer ésta a cualquiera de estos colectivos, y se acreditará  mediante copia  del documento nacional de identidad del solicitante.  Y en el caso de que el solicitante sea persona jurídica, al menos el 75 por ciento de los socios deben pertenecer a alguno de los colectivos para poder puntuar. El redondeo al calcular dicho porcentaje será a la baja. Y se acreditará mediante copia  del documento nacional de identidad de todos los socios.

Se acreditará la condición de discapacitado en grado igual o superior al 33%, mediante la presentación de Certificado o copia de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad emitido por el órgano competente.

La condición de víctima de violencia de género podrá acreditarse por alguno de los medios previstos en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, modificada por Real Decreto Ley 9/2018 de 3 de agosto, y la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género en Andalucía.

2. No se valorarán los criterios que no se acrediten durante el plazo de presentación de solicitud.

7. Documentación  a presentar:

La solicitud que deberá formalizarse conforme al modelo anexo I, deberá ir acompañada del original o copia  de la siguiente documentación:

Persona física (Autónomo):

  • Solicitud (Anexo I)
  • Memoria de la actuación para la que solicita ayuda (Anexo II)
  • Contrato de alquiler registrado por el órgano competente.
  • Licencia de Apertura emitida por este Ayuntamiento o en su caso Decreto de Alcaldía sobre control posterior de la declaración responsable presentada para apertura de establecimiento.
  • Copia del DNI.
  • Para acreditar el  alta en el Régimen Especial de Autónomos, se deberá presentar certificado de situación actual del trabajador emitido por la Seguridad Social o certificado de la mutualidad profesional con indicación de alta  en la actividad con fecha a partir del plazo establecido para la presentación solicitud de subvención.
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, que indique la actividad económica, fecha de alta,  domicilio fiscal y del local de desarrollo de la actividad,  emitido a partir del plazo establecido para la presentación de  solicitud de subvención.
  • Declaración censal simplificada de alta y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT.
  • Certificados de estar al corriente el solicitante con las siguientes administraciones:

– AEAT.
– Seguridad Social
– Hacienda Local

Persona jurídica :

  • Solicitud (Anexo I)
  • Memoria de la actuación para la que solicita ayuda (Anexo II)
  • Contrato de alquiler registrado por el órgano competente.
  • Licencia de Apertura emitida por este Ayuntamiento o en su caso Decreto de Alcaldía sobre control posterior de la declaración responsable presentada para apertura de establecimiento.
  • Copia del DNI del representante
  • Copia de la acreditación de la representación legal de la entidad.
  • Copia del CIF de la entidad
  • Copia de las escrituras de constitución o estatutos de la entidad y sus modificaciones inscritas en el correspondiente registro.
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, que indique la actividad económica, fecha de alta,  domicilio fiscal y del local de desarrollo de la actividad,  emitido a partir del plazo establecido para la presentación de  solicitud de subvención.

Y en el caso de las sociedades civiles deberán presentar el certificado de situación censal para acreditar la situación tributaria y obligaciones periódicas con la AEAT.

  • Informe emitido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la empresa de los últimos 12 meses.
  • Declaración censal simplificada de alta y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT.
  • Certificados de estar al corriente la entidad con las siguientes administraciones:

– AEAT.
– Seguridad Social
– Hacienda Local

 

Documentos anexos.
Extracto publicación bop.pdf
Anuncio Convocatoria.pdf
Anexo I Solicitud.pdf
Bases Reguladoras
Anexo II Memoria.pdf