Tras cumplir el compromiso del pago efectivo de las facturas de las obras, servicios y suministros que se realicen para el Ayuntamiento en un plazo máximo de 30 días desde su aprobación, el Alcalde de Palma del Río, José Antonio Ruiz Almenara, ha dado un paso más en la protección a las pequeñas y medianas empresas, dictando instrucciones a los servicios municipales para que incorporen a los pliegos de clausulas administrativas que rigen las contrataciones del Ayuntamiento (y posteriormente se compruebe su umplimiento), la obligación de las empresas contratistas de remitir una relación detallada de los subcontratistas y suministradores que participen en las obras municipales, junto con las condiciones de la subcontratación o de suministro de cada uno de ellos, y que guarden relación directa con el plazo de pago de estas obligaciones.
Asimismo, se exigirá aportar justificante de cumplimiento de los pagos a aquellos una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos. Esta obligación se incorporará inmediatamente (incluso a los expedientes administrativos en trámite), a los pliegos de clausulas administrativas que aun no hayan sido aprobados por los órganos de contratación del Consistorio. Su cumplimiento se considera condición esencial de ejecución del contrato, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las sanciones que a tal efecto se esteblezcan en los pliegos.
Esta medida, tras la que este Ayuntamiento lleva tiempo intentando poder concretarla con amparo legal, es adoptada por la Alcaldía de forma inmediata, a partir del título habilitante que le otorga la modificación realizada el pasado día 27 de septiembre, entre otras, en la Ley de Contratos del Sector Público. Con esta modificación normativa, se faculta y da posibilidad, en algunos aspectos, a las Administraciones para ejercer un mayor grado de control y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas y proveedores, con respecto a las empresas adjudicatarias de obras.
Las instrucciones de la Alcaldía se complementan con normas para reducir las cargas administrativas a las pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de contratación con este Ayuntamiento, así como para luchar contra la morosidad en los pagos propios, y permitir el mayor control posible por esta Administración en los pagos de los contratistas adjudicatarios de obras. Por ello, se incorporarán en los pliegos de cláusulas administrativas, y para los contratos con financiación municipal, existirá la posibilidad de que las garantías a depositar por las pymes y los trabajadores autónomos, puedan constituirla mediante retención en el precio de las certificaciones y facturas que emitan en ejecución del contrato.
Además, para reducir y facilitar los procedimientos, la aportación inicial de documentación administrativa, obligatoria hasta ahora, se sustituirá por una Declaración responsable del empresario–licitador, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Posteriormente, y para garantía de todos, al empresario al que se le adjudique el contrato, deberá acreditar documentalmente la posesión y validez de los documentos exigidos.
Y para ampliar aún más la protección de los subcontratistas y suministradores, se establece la obligación para los contratistas adjudicatarios de remitir al Ayuntamiento, una relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos, que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar justificante de cumplimiento de los pagos a los subcontratistas y suministradores una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos. Estas obligaciones, se incluirán en los anuncios de licitación, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, y en los contratos administrativos que se celebren.