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Participación de la ciudadanía en las sesiones ordinarias del Pleno Municipal

El Reglamento Orgánico Municipal regula la organización y régimen de funcionamiento del Ayuntamiento de Palma del Río, estableciendo un Pleno Adjunto al Ordinario, destinado a la participación de la ciudadanía en aquellos asuntos de competencia municipal que sean de su interés.

El artículo 107 Bis del Reglamento Orgánico Municipal, regula la participación de la ciudadanía al finalizar las sesiones ordinarias del Pleno Municipal:

  1. Se establece un pleno adjunto al pleno ordinario municipal con un orden del día establecido sobre asuntos de interés municipal que podrán ser remitidos por petición ciudadana por escrito (con una solicitud específica creada por este organismo para ello) con la antelación de 72 horas previas a la convocatoria del pleno ordinario municipal de cada mes (esto es, a las 10 horas a.m. del viernes anterior a la celebración del pleno).
  2. En el escrito se hará constar de forma breve pero motivada el ruego o la pregunta sobre el asunto a tratar, que en todo caso habrá de referirse siempre a tema incurso en la competencia municipal, es decir, que el Ayuntamiento pueda pronunciarse sobre ello. En ningún caso podrá versar sobre temas que estén “sub yudice”, que hayan sido previamente contestados o que hayan sido tratados en este ámbito en el último año. En el escrito se citará a la persona que ha de intervenir y -en su caso- el nombre del colectivo al que representa y que deberá estar empadronada en Palma del Río, ejercer su actividad profesional aquí o pertenecer a cualquier asociación inscrita en el registro municipal de asociaciones del Ayuntamiento de Palma del Río.
  3. El orden del día del pleno adjunto tendrá establecido un número máximo de intervenciones por pleno ordinario de tres, y serán incluidas en el orden del día por orden de llegada al registro municipal. En caso de que llegaran más solicitudes, las que no tengan cabida en el Orden del Día serán contestadas por la Corporación Municipal por escrito.
  4. El alcalde dará la palabra en la sesión plenaria a la persona señalada en la petición por escrito para que realice su intervención que no será superior a cuatro minutos de duración y deberá ceñirse exclusivamente al ruego o pregunta señalado en el escrito presentado.
  5. Procederán las llamadas al orden por parte del presidente cuando se vulnere el reglamento, se profieran palabras ofensivas o desconsideradas, alusiones personales y de la más estricta intimidad de los miembros de la corporación o se pronuncien frases atentatorias al prestigio de los organismos municipales, instituciones públicas y/o trabajadores públicos de las mismas.
  6. Una vez concluida las intervenciones, el alcalde o concejal en quien delegue procederá a dar respuesta a dichos puntos por espacio de tiempo no superior a cuatro minutos.
  7. El pleno adjunto constará de acta y secretario que tendrá la función de levantarla

Documentos del procedimiento:

Normativa:

La presentación de solicitud de participación en las sesiones ordinarias del Pleno Municipal se realizará en el Registro General de Entrada de documentos de este Ayuntamiento, en Plaza Mayor de Andalucía, 1.

Sesiones del Pleno Adjunto al Pleno Ordinario

Ejercicio 2023

Sesión de 30 marzo 2023:

Orden del día:

1. Lectura y aprobación del borrador del acta de la sesión anterior.
2. Solicitud de Doña Dolores Pedraza Moreno de participación en el Pleno Adjunto al Ordinario de fecha 30 de marzo de 2023.

Sesiones del Pleno Adjunto al Pleno Ordinario

Ejercicio 2022

Sesión de 22 diciembre 2022:

Orden del día:

1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior.
2. Solicitud de participación en el Pleno Municipal de Sergio Marín Cobo, representante legal de los trabajadores y trabajadoras, en relación al conflicto laboral de los trabajadores y trabajadoras de LCG Fruits & Juice.

Sesión de 27 octubre 2022:

Orden del día:

1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior.
2. Solicitud de participación en el Pleno Municipal de Doña Débora Maraver Oliva.
3. Solicitud de participación en el Pleno Municipal de Don Eugenio López Álvarez.

Sesión de 31 marzo 2022:

Orden del día:

1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior

2. Solicitud de Doña Estrella Gómez Fernández relativa a discapacidad e igualdad

Sesiones del Pleno Adjunto al Pleno Ordinario

Ejercicio 2020

Sesión de 25 junio 2020:

Orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, borrador acta sesión anterior.
  2. Solicitud de Intervención en Pleno ciudadano de Dª. Emilia Arroyo Sobrino, sobre el tema de la gasolinera.

Sesiones del Pleno Adjunto al Pleno Ordinario

Ejercicio 2019

Sesión de 28 noviembre 2019:

Orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, borrador acta sesión anterior.
  2. Intervención de Dª Emilia Arroyo Sobrino de participación en Pleno Adjunto sobre el tema de la instalacion de una gasolinera en avda. Andalucía número 31.
  3. Intervención de Dª. Mª del Rosario Cobo Mérida de particiación en Pleno Adjunto sobre el precio de la pista de atletismo.
  4. Intervención de D. Miguel Padilla Ramos de participación en Pleno Adjunto sobre el Centro de Salud de Palma del Río.

Sesión de 31 octubre 2019:

Orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior.
  2. Solicitud de D. Alberto Ruiz Vázquez de participación en Pleno Adjunto, sobre el contrato del IMBS con INEPRODES.

Sesión de 26 septiembre 2019:

Orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior.
  2. Solicitud de D. Gines Blanco Rubio, de participacion en Pleno Adjunto sobre problema de la vivienda.
  3. Solicitud de D. Antonio Pérez Morales, de participación en Pleno Adjunto sobre la problemática del Rio Genil.

Sesión de 25 julio 2019:

Orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior.
  2. Solicitud de D. Gines Blanco Rubio, de participacion en Pleno Adjunto sobre problema de la vivienda.
  3. Solicitud de D. Antonio Pérez Morales, de participación en Pleno Adjunto sobre la problemática del Rio Genil.
  4. Solicitud de Dª. Luisa Mª. Venteo Díaz de participación en Pleno Adjunto sobre la problemática del peatón en calle Salvador.

Sesión de 26 febrero 2019:

Orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior
  2. Intervención de D. Antonio Pérez Morales participación Pleno Ciudadano 26-02-2019.

Sesión de 31 enero 2019:

Orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior
  2. Intervención de D. Antonio Pérez Morales sobre problemática que causa la Isla del río Genil.

Sesiones del Pleno Adjunto al Pleno Ordinario

Ejercicio 2018

Sesión de 25octubre 2018:

Orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior
  2. Intervención de D. Antonio Pérez Morales en relación a la isleta del río Genil.Acta de la sesión: Descargar archivo

Sesión de 20 septiembre 2018:

Orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior
  2. Intervención de Francisco Luque Marín en relación a la expulsión del Plan Extraordinario de Oficial de 1ª.Acta de la sesión: Descargar archivo

Sesión de 26julio 2018:

Orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior
  2. Intervención de GRAMA en relación a una propuesta de intervención en cauce, riberas y entorno del Río Genil.Acta de la sesión: Descargar archivo

Sesión de 28 junio 2018:

Orden del día:

  1. Lectura y aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior.
  2. Intervención de Antonio Pérez Morales relativa al Pleno Ciudadano.
  3. Intervención de Antonio Pérez Morales relativa al Río Genil y su isleta.Acta de la sesión: Descargar archivo

Sesión de 31 mayo 2018:

Orden del día:

  1. Problemáticas de ruidos, molestias y demás, del Colegio Salesianos; presentada por F.L.J.Acta de la sesión: Descargar archivo

    Entrada de documentos

    A través del Registro General de Entrada se presentan las instancias, oficios, comunicaciones, y todos los documentos necesarios para el desarrollo de los distintos procedimientos administrativos, necesarios para el acceso a los servicios públicos municipales.

    Además de presentar la documentación oportuna por el canal presencial, el Registro General de Entrada está también disponible por el canal electrónico en Sede Electrónica.

    Asimismo, existen varios trámites que ya están disponibles directamente a través de Sede Electrónica.  De todas formas, cualquier procedimiento puede presentarse a través del trámite Registro General de Entrada

    Compulsa de documentos

    Mediante este servicio se cotejan las copias de documentos originales. Para la compulsa es imprescindible presentar original y copia del documento a cotejar.

    La tasa por compulsa es de 0,20 €. Si los documentos  a compulsar corresponden a procedimientos del propio Ayuntamiento, la tasa queda exenta. Ordenanza Tasa por Expedición de Documentos Administrativos

    Este servicio solo se puede realizar por el canal presencial, personándose en el Servicio de Atención al Ciudadano, concretamente en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro.

    Certificados de empadronamiento

    El Padrón Municipal de Habitantes es el registro administrativo donde figuran todos los/as vecinos/as que viven o residen en nuestro municipio. Para muchos procedimientos, es necesario aportar certificados de empadronamiento.

    Teniendo en cuenta que estos documentos contienen datos personales, los cuales se encuentran protegidos por la normativa sobre Protección de Datos de Carácter Personal, los/as interesados/as y las personas a la que se refieren los datos padronales, tienen que acreditar su identidad para solicitarlo y recogerlo. También podrán hacerlo los representantes legales o voluntarios de las personas interesadas, siempre y cuando acrediten dicha circunstancia.

    Los certificados de empadronamiento se solicitan por alguna de estas dos vías:

    • Presencialmente: en la Oficina del Servicio de Atención al Ciudadano.
    • Telemáticamente: a través de la sede electrónica de este Ayuntamiento, pinchar AQUI . Para solicitarlo por esta vía, es necesario que el/la interesado/a disponga de certificado digital.

    Los certificados de empadronamiento se recogen por alguna de estas dos vías:

    • Presencialmente: en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro.
    • Telemáticamente: en la Dirección Electrónica Única (DEHú) a través de «Mi Carpeta Ciudadana». Para recogerlo por esta vía, hay que comunicarlo en la solicitud.

    Los certificados se recogen al día siguiente hábil de haber realizado la solicitud, siempre que dicha solicitud se presente antes de las 13:30 horas..

    Para acreditar y autorizar el tratamiento de las personas a la que se refieren los datos padronales, se puede realizar por medio del modelo confeccionado para ello, al cual se accede pinchando en el siguiente enlace: modelo tratamiento certificados empadronamiento.


    NORMATIVA SOBRE ACCESO Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES:

    • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal. Descargar 
    • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos): Descargar
    • Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos): Correccion errores Reglamento UE 2016_679
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Descargar

    Certificados digitales

    Cada vez son más las instituciones y organismos que ponen a disposición de la ciudadanía el canal electrónico o telemático, con el fin de que se puedan realizar los trámites de los distintos procedimientos administrativos sin salir de casa. Para poder realizar los trámites de esta forma, los/as usuarios/as necesitan tener el Certificado Digital.

    Los certificados digitales sólo pueden obtenerlos los mayores de 18 años o menores emancipados, y según las consideraciones siguientes:

    • Mayoría de edad para españoles: 18 años
    • Mayoría de edad para extranjeros: entre 18 y 21 años. En caso de dudas, el solicitante deberá aportar la acreditación de su mayoría de edad, según el país de origen, mediante certificado de su embajada o consulado.

    Los menores emancipados pueden obtener el certificado digital, pero han de acreditar su emancipación:

    • Documento que acredita la emancipación para españoles: certificado literal del Registro Civil
    • Documento que acredita la emancipación para extranjeros: entre 18 y 21 años. Según el país de origen, mediante el certificado correspondiente de su embajada o consulado.

    Pasos a seguir para obtener el certificado digital

    •  1.- Acceder, desde el ordenador personal de quien vaya a solicitar el certificado, a la página web www.fnmt.es
    •  2.- Entrar en «Certificado con Acreditación Presencial»   donde encontrará, además de diversa información de utilidad sobre el Certificado, cuatro opciones a elegir para obtenerlo.
    • 3.-» Configuración Previa».  Antes de comenzar con el proceso de solicitud de tu Certificado, deberás asegurarte de que tu equipo tiene instalado el software necesario para la generación de claves. 
    • 4.- «Solicitar Certificado»  donde deberá cumplimentar los datos que le piden. Al finalizar el procedimiento aparecerá en pantalla el código de solicitud, que tendrá que imprimirlo o anotarlo.
    •  5.- Personarse con el citado código y los documentos que acreditan la identidad en una de las Oficinas de Registro de los Organismos acreditados, que en nuestro Ayuntamiento es el Servicio de Atención al Ciudadano, donde se identificará a la persona, quedando ésta acreditada.
    •  5.-  «Descargar Certificado»  donde deberá cumplimentar los datos que le piden,  necesitando nuevamente para este paso el código de solicitud obtenido en el paso 4.  Finalmente, su Certificado Digital quedará instalado en su ordenador, desde donde podrá gestionar y tramitar sus solicitudes y expedientes con las administraciones públicas y entidades que dispongan de Sede Electrónica, como es el caso de nuestro Ayuntamiento.

    Documentos necesarios para la acreditación de la identidad:

    • Ciudadano de nacionalidad española:  Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o carné de conducir.
    • Ciudadano de la Unión Europea: Documento Nacional de Identificación de Extranjeros donde conste el NIE junto con Pasaporte o documento de identidad de país de origen, o Certificado de Ciudadano de la Unión donde conste el NIE junto con Pasaporte o documento de identidad de país de origen, o Documento Oficial de concesión del NIF/NIE (que permita verificar que se está en posesión del NIE independientemente de la vigencia del documento), junto con el pasaporte o el documento de identidad del país de origen.
    • Ciudadano extranjero: Tarjeta Roja/Verde/Blanca de Identificación de Extranjeros donde consta el NIE junto con el pasaporte, o Documento Oficial de concesión del NIF/NIE (que permita verificar que se está en posesión del NIE independientemente de la vigencia del documento) junto con el pasaporte.

      Solicitud y renovación del D.N.I.

      A través del Servicio de Atención al Ciudadano se coordina la gestión con la Policía Nacional, quien periódicamente desplaza un equipo a nuestra localidad, para llevar a cabo la renovación y solicitud por primera vez del Documento Nacional de Identidad. Las citas se dan algunos días antes del desplazamiento del equipo de la Polícía a nuestra localidad. Previamente, se informa a través de las redes sociales, del día de comienzo de entrega de citas.

      Las citas y la tramitación de los D.N.I. se llevan a cabo en el Espacio Joven, en Avda. Puerto Rico, s/n.

      Asimismo, también se gestionan las citas previas para que los/as ciudadanos/as puedan renovar su D.N.I. en Córdoba o Écija, o en cualquier otra localidad de España que tenga este servicio. Para solicitar la gestión de dichas citas, hay que personarse en el Servicio de Atención al Ciudadano., (canal presencial) y aportar el D.N.I., necesario para llevar a cabo la gestión.

      Asesoramiento y reclamaciones en materia de consumo

      Una vez el ciudadano/a ha recibido el asesoramiento correspondiente a la demanda planteada, y si ésta requiere interponer una reclamación, es necesario que el/la interesado/a lo solicite por escrito, para la apertura del expediente correspondiente, así como que autorice a la Oficina Municipal de Información al Consumidor para que lo represente en la gestión y trámites a realizar.

      La documentación correspondiente se presentará por el canal presencial, personándose en la Oficina Municipal de Información al Consumidor/a (O.M.I.C.), incluida en el Servicio de Atención al Ciudadano.

      • Para descargar el modelo de solicitud y autorización pinchar AQUI.

      HORARIO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

      La Oficina Municipal de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Palma del Río (OMIC), atenderá a las personas interesadas en materia de consumo, las cuales deben residir y encontrarse empadronadas en Palma del Río, en el siguiente horario y días:

      • De lunes a viernes de 10:00 a 13:00 horas.

      Información y asesoramiento cláusulas suelo

      Tras la aprobación por parte del Gobierno del Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, el Ayuntamiento de Palma del Río pone en marcha, a tráves de la Oficina Municipal de Información al Consumidor, integrada en el Servicio de Atención al Ciudadano, el asesoramiento necesario para que los ciudadanos palmeños puedan iniciar y encauzar el procedimiento de forma gratuita, y ejercer su derecho cuanto antes para recuperar el dinero cobrado indebidamente por las cláusulas suelo.

      El Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero establece lo siguiente:

      • Regula un cauce alternativo, de carácter voluntario para el consumidor, que tiene como objetivo agilizar el procedimiento y que no se colapsen los tribunales, dado el elevado número de afectados. Queda abierta la posibilidad de acudir a los Tribunales.
      • Las entidades de crédito deberán garantizar que ese sistema de reclamación es conocido por todos los consumidores que tuvieran incluidas cláusula suelo en su préstamo hipotecario, y deberán establecer las medidas necesarias y disponer de un departamento o servicio especializado en el plazo de un mes (a contar desde el 21 de enero de 2016). En este sentido, las entidades financieras deberán informar de esta posibilidad de reclamar y de la existencia de un servicio especializado en sus páginas webs y en todas sus oficinas.
      • Se pueden reclamar todas las hipotecas que contengan una limitación de tipos de interés, estén en vigor o hayan sido amortizadas. En este segundo caso, en principio el plazo general de prescripción es el de quince años establecido en el Código Civil.
      • Recibida la reclamación, la entidad de crédito deberá efectuar un cálculo de la cantidad a devolver, incluyendo los intereses, y remitírselo al consumidor.
      • En el caso en que la entidad considere que la devolución no es procedente, comunicará las razones en que se motiva su decisión, en cuyo caso se dará por concluido el procedimiento extrajudicial.
      • El consumidor deberá manifestar si está de acuerdo con el cálculo. Si lo estuviera, la entidad de crédito acordará con el consumidor la devolución del efectivo. No obstante, el consumidor y la entidad de crédito podrán acordar la adopción de una medida compensatoria distinta de la devolución del efectivo.
      • Plazo máximo de 3 meses para llegar a un acuerdo y que se ponga a disposición del consumidor la cantidad a devolver, a contar desde la presentación de la reclamación. No obstante esta vía extrajudicial no prescribe y queda abierta.
      • Imposibilidad de ejercitar por las partes de acción judicial o extrajudicial durante el tiempo de este procedimiento.
      • Condena en costas a la Entidad Financiera si el consumidor obtuviese una Sentencia más favorable con respecto al cálculo de la cuantía a devolver realizada por la entidad financiera.
      • Procedimiento gratuito. Las cantidades devueltas están exentas de IRPF. No obstante, en su caso, se deberán hacer declaraciones complementarias si se han practicado deducciones (en los últimos 4 años) en concepto de inversión en vivienda habitual o por realizar, y tenerse en cuenta posibles gastos con respecto a la formalización e inscripción de la escritura.

      En cualquier caso, es recomendable que los afectados acudan en primer lugar a las Oficinas Municipales de Información al Consumidor o a las Asociaciones de Consumidores, en este caso, a la Oficina Municipal de Información al Consumidor integrada en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Palma del Río, ya que pueden ser informados y asesorarados sobre este procedimiento sin ningún coste, comenzando por cuestiones particulares como si tenen cláusula suelo en su escritura.

      Los criterios de la Sentencia del Tribunal Supremo por los que considera una cláusula suelo opaca son los siguientes:

      • La creación de la apariencia de un contrato de préstamo a interés variable en el que las oscilaciones a la baja del índice de referencia, repercutirán en una disminución del precio del dinero.
      • La falta de información suficiente de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato; la creación de la apariencia de que el suelo tiene como contraprestación inescindible la fijación de un techo.
      • Su eventual ubicación entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor.
      • La ausencia de simulaciones de escenarios diversos, relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar, en fase precontractual.
      • Y la inexistencia de advertencia previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otros productos de la propia entidad.

      (Información de la Comisión de Consumo y Comercio de la Federación Española de Municipios y Provincias, que dada la importancia que ha tenido el último pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de cláusulas suelo, y el consecuente Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, ha emitido una circular informativa (circular 6/2017) dirigida a los ayuntamientos para facilitar su labor de información y asesoramiento a la ciudadanía)

      HORARIO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

      La Oficina Municipal de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Palma del Río (OMIC), atenderá a las personas interesadas en materia de cláusula suelo, las cuales deben residir y encontrarse empadronadas en Palma del Río, en el siguiente horario y días:

      • De lunes a viernes de 10:00 a 13:00 horas.

      La Oficina Municipal de Información al Consumidor está integrada en la Oficina del Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Palma del Río, en Plaza Mayor de Andalucía, 1

      Para consultas: clausulasuelo@palmadelrio.es

      Para descargar el modelo de solicitud de devolución de importes abonados por cláusula de limitación de intereses (cláusula suelo), pinchar AQUI.

      Gestión de altas y cambios en el Padrón Municipal de Habitantes

      Para cambiar el domicilio en el padrón municipal de habitantes o empadronarse por primera vez, se necesita acreditar la identidad de la persona y la ocupación de la vivienda. Para ello hay que presentar la solicitud correspondiente (solicitud informacion alta padron) // (solicitud informacion cambio padron) acompañada de la siguiente documentación:

      Documentación que acredite la identidad de las personas.-

      Los ciudadanos españoles deberán aportar copia alguno de los siguientes documentos:

      – D.N:I.
      – Pasaporte
      – Libro de familia

          • Los ciudadanos extranjeros deberán aportar copia alguno de los siguientes documentos:
      – N.I.E.
      – Pasaporte
      – Documento Nacional de Identidad del país de origen.
      Documentación que acredite la ocupación de la vivienda.-
          • Si la vivienda es propiedad de alguna de las personas que se cambian de domicilio o se empadronaran por primera vez, deberán aportar copia de alguno de los siguientes documentos:
            – Contrato o factura actual expedida por la compañía o entidad suministradora de agua, telefonía fija o electricidad, a nombre de una de las personas que se empadrona, como titular del suministro, y deberá constar la situación de la vivienda objeto del empadronamiento, como dirección o domicilio del suministro.
          • Si la vivienda es alquilada por alguna de las personas que se cambian de domicilio o se empadronaran por primera vez, deberán aportar copia de alguno de los siguientes documentos:
            – Contrato de arrendamiento a nombre de alguna de las personas que se cambian de domicilio, y en el cual (o en documento anexo haciendo mención al contrato, a la fecha de éste y a la situación de la vivienda arrendada) el/la arrendador deberá hacer constar, si procede, el número de personas a las que permite habitar u ocupar dicha vivienda, además de las que ya figuren en el contrato, indicando en su caso, el número de pasaporte o documento de identidad, el nombre y apellidos de éstos.
        • Si la vivienda esta ocupada por su propietario por estar empadronado en ella, es necesario lo siguiente: 
            – Declaración Responsable y Autorización del propietario/a de la vivienda (autorizacion propiedad vivienda)
          • Si no es ninguno de los casos anteriores, es necesario lo siguiente: 
            – Declaración Responsable y Autorización del propietario/a de la vivienda (autorizacion propiedad vivienda)
      La solicitud y documentación se presentará en el Registro General de Entrada de Documentos para su gestión por el departamento de Estadística, el cual podrá requerir al interesado/a, para verificar la documentación presentada, completar, en su caso, con otro tipo de documentación necesaria para poder resolver la solicitud de alta o cambio en el Padrón de Habitantes.

       

      Registro de demandantes de vivienda protegida

      El Ayuntamiento de Palma del Río cuenta desde 2010 con el Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas, gestionado por medio de la correspondiente ordenanza que regula su funcionamiento.

      Las personas que tengan intención de adquirir una vivienfa protegida , en régimen de alquiler, alquiler con opción a compra o en compraventa, deberán estar obligatoriamente inscritas previamente en este Registro.

      Información del procedimiento.-

      • Modelo de solicitud: Descargar
      • Requisitos generales y documentación a aportar: Descargar
      • Baremo: Descargar
      • Ordenanza reguladora del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida: Descargar

      Este servicio se gestiona desde el Departamento de Urbanismo Asesoría Jurídica, aunque los/as interesados/as obtendrán la información y asesoramiento necesario para realizar la inscripción personándose en el Servicio de Atención al Ciudadano. 

      Tráfico

      Alegación a sanciones

      En el caso de que el propietario/responsable o conductor del vehículo que presuntamente ha cometido una infracción de tráfico, no esté conforme con la misma puede presentar, conforme a la legislación vigente, ante la Unidad de Tráfico de la Jefatura de Policía Local, las alegaciones que tenga por conveniente y aportar las pruebas que estime oportunas. Las alegaciones se presentan al inicio del expediente sancionador, y también a la propuesta de resolución del expediente. Para ello, los/as interesados/as deben  presentar las alegaciones, en los modelos que se adjuntan, en el Registro General de Entradas de Documentos, o también pueden hacerlo a través de la Sede Electrónica.

      • Modelo alegaciones al inicio del expediente sancionador: Descargar archivo
      • Modelo alegaciones a la propuesta de resolución del expediente sancionador: Descargar archivo

      Cambio en el domicilio del permiso de conducir

      Al igual que cuando se cambia de domicilio hay que actualizar el Documento Nacional de Identidad, también hay que hacerlo en el permiso de conducción. Para ello, hay que presentar a la Unidad Administrativa de la Jefatura de Policía Local, a través Registro General de Entradas de Documentos, el modelo de instancia para solicitar dicho trámite. Una vez solicitado, esta Unidad Administrativa realizará comunicación del cambio a la Jefatura Provincial de Tráfico. Este trámite también está disponible en Sede Electrónica.

      • Modelo de instancia para solicitar el cambio de domicilio en el permiso de conducir: Descargar archivo

      Comunicación de datos del conductor en el expediente de sanción

      El Propietario/responsable del vehículo que presuntamente ha cometido una infracción de tráfico, en la que la persona responsable es otra diferente, tiene que comunicar los datos de la persona responsable de la comisión de la infracción. Esta comunicación se presenta a la Unidad de Tráfico de la Jefatura de Policía Local. este trámite esta disponible en Sede Electrónica.