Comercio y empresas
Licencias
Licencias de actividades inocuas
Con carácter general, para el ejercicio o cambio de titularidad de una actividad de servicio (comercio menoristas de alimentación, textil, calzado, oficinas, …….) es suficiente con la presentación de una Declaración Responsable, en la que la persona o entidad titular de la actividad comunique a la Administración el inicio de la actividad, así como el cumplimiento de la normativa reguladora de la actividad ejercida, que será verificada mediante visita de control posterior.
Si bien, para aquellas actividades, relacionadas con los servicios no económicos de interés general, financieros, los servicios y redes de comunicaciones electrónicas, transporte (exceptuando la actividad de las plataformas logísticas de las empresas y de las actividades necesarias para su funcionamiento), empresas de trabajo temporal, los servicios sanitarios (incluidos los servicios farmacéuticos), audiovisuales (exceptuando las actividades de comercio al por menor de los productos audiovisuales), las actividades de juego (incluidas las loterías) que impliquen apuestas de valor monetario, las actividades que supongan el ejercicio de la autoridad pública (notarios, registradores de la propiedad y mercantiles), los servicios sociales (relativos a la vivienda social, la atención a la infancia y el apoyo a familias y personas), los servicios de seguridad privada habrán de solicitar Licencia de Apertura.
Documentación:
- Declaración responsable para el ejercicio de Actividad de Servicios. Descargar archivo
- Solicitud de Licencia de Apertura de Establecimiento. Descargar archivo
La tramitación de este servicio se puede realizar por el canal presencial, personándose en el Departamento de Licencias (Asesoría Jurídica y Vivienda), y también por el canal electrónico a través de Sede Electrónica
Licencias de actividades sujetas a calificación ambiental
La Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, de 9 de julio ( GICA) establece que las actividades, tanto públicas como privadas, así señaladas en su Anexo I y sus modificaciones sustanciales, están sometidas al instrumento de prevención y control ambiental consistente en la Calificación Ambiental, pudiéndose distinguir:
1.- Las actuaciones que requieren de resolución de Calificación Ambiental, donde existen dos fases en el Procedimiento (en los que se incluirá también las actividades de Espectáculos Públicos que también estén sujetas a Calificación Ambiental):
- Resolución de Calificación Ambiental, que se inicia con la correspondiente solicitud, que se acompaña con la documentación establecida en la normativa reguladora del procedimiento de Calificación Ambiental.
- Declaración responsable para la Puesta en marcha, una vez que se presente la Certificación a que refiere el art. 45 de la LGICA.
2.- Las actuaciones sujetas a Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable.
En los supuestos de “cambio de titularidad”, “modificación no sustancial de actividad” y/o “actividad complementaria de “actuación en directo de pequeño formato”” de actividades que se encuentran debidamente autorizadas, contando así mismo con la Resolución de Calificación Ambiental, las personas o entidades titulares de la actividad, habrían de presentar Declaración Responsable.
Documentación:
- Solicitud de Calificación Ambiental (incluidos establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas). Descargar archivo .
- Declaración responsable para ejercicio de Actividad sujeta a Calificación Ambiental y/o de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (Puesta en marcha de actividad; Actividad complementaria de “Actuación en directo de pequeño formato”; Modificación no sustancial de actividad; Cambio de titular). Descargar archivo
- Declaración responsable para ejercicio de Actividad sujeta a Calificación Ambiental mediante declaración responsable (CA-DR). Descargar archivo
Licencias de espectáculos públicos y actividades recreativas con carácter ocasional o extraordinario
Las Actividades de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas que se desarrollen en establecimientos públicos fijos, con carácter ocasional o extraordinario, les será de aplicación lo dispuesto en el Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario, publicado en el BOJA nº 137 de 12 de julio de 2007, modificado por Decreto 247/2011, de 19 de julio (BOJA 150 de 2 de agosto de 2011) y Decreto 155/2018, de 31 de julio (BOJA 150 de 3 de agosto de 2018)
Las solicitudes se presentarán como mínimo con 30 días de antelación a la celebración de la actividad, y requerirá, para la autorización de la misma, de la previa comprobación municipal favorable, .
Documentación:
- Solicitud de Autorización para actividades de EE.PP. y AA.RR. ocasionales/extraordinarias. Descargar archivo
Instalación y uso de terrazas y veladores
Documentación:
Ordenanza Municipal de Instalación y Uso de Terrazas y Veladores. Descargar archivo
Residuos industriales y agrícolas
Los Residuos Industriales son aquellos que se originan de las actividades industriales y comerciales, mientras que los Residuos Agrícola son aquellos cuyo origen se sitúa en la propia actividad agrícola.
Aunque en la legislación vigente se establece la responsabilidad del Ayuntamiento en la gestión de los residuos industriales, permite que en el caso de los residuos industriales que por su volumen y naturaleza no puedan ser gestionados por la Administración Local se obligue a ser gestionados directamente por los productores. Así se determina tanto en la Ordenanza Municipal como en la Ordenanza Provincial , de tal forma que son los propios industriales y comerciantes los que deben gestionar los residuos procedentes de su actividad en base a la normativa vigente.
En el caso de los residuos agrícolas, la legislación establece la obligación de los agricultores de gestionar sus propios residuos.
Actualmente, el Ayuntamiento de Palma del Río permite el depósito de residuos industriales en pequeña cantidad en el Punto Limpio de Palma del Río, y está previsto que puedan dar solución a algunos residuos industriales una vez se establezcan los cánones por peso que correspondan a los gastos derivados de su gestión.
La nueva Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental en Andalucía (GICA) , establece la obligación de que en cada Polígono o Zona Industrial se ubique un Punto Limpio de residuos industriales. De esta forma, y debido a la necesidad de que estos residuos sean gestionados por los propios industriales que los producen, y de acuerdo al Planeamiento Urbanístico actualmente vigente en Palma del Río, su nuevo Plan Especial de Infraestructura ya contempla el espacio para la ubicación de uno de ellos en la nueva zona industrial local. Con esta infraestructura se podrá mejorar y adecuar la gestión de los residuos industriales a las directrices marcadas en materia de residuos.
Centro de innovación y tecnología
El edificio del Centro de Innovación y Tecnología de Palma del Río está ubicado en Polígono Industrial el Garrotal Oeste- Calle H- Esq. Calle M- Esq. Carretera de Fuente Palmara (A-440).
El edificio está dotado de los siguientes elementos:
- 6 centros de trabajo para uso continuado y que se adjudican a través de las correspondientes convocatorias públicas.
Para uso esporádico (régimen por hora/día conforme a los precios establecidos en la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios en el CIT), el Centro cuenta con los siguientes espacios:
- Salón de Actos con capacidad aproximada de 120 personas.
- Sala de Reuniones 1, con capacidad para 10 personas adecuado para recibir clientes, proveedores, celebrar reuniones, videoconferencias, ect.
- Sala de Coworking, espacio de trabajo compartido dirigido a profesionales independientes, emprendedores y pequeña y mediana empresa; donde se fomente el intercambio, los contactos, experiencias, la colaboración en proyectos o simplemente compartir el tiempo de trabajo y fomentar sinergias entre los diferentes profesionales que allí se establezcan.
- Sala de Informática, con capacidad para 13 personas adecuado para desarrollo de jornadas, seminarios, cursos formativos.
- Sala de Reuniones , con capacidad para 10 personas adecuado para recibir clientes, proveedores, celebrar reuniones, videoconferencias, etc.
- Sala de Formación, con capacidad para 30 personas adecuado para la impartición de cursos, jornadas, seminarios, y la realización de eventos para grupos,…
Asimismo, dispone de los siguientes elementos comunes:
- Ascensor
- Aseos
- Vestíbulo de acceso
- Ajardinamiento
- Plazas de aparcamientos
- Zonas de descanso
El acceso, uso y funcionamiento de las infraestructuras y servicios ofertados en el Centro se regulan a través del Reglamento de funcionamiento y régimen interno de dicho Centro.
Convocatoria para la concesión de autorización para la utilización de los servicios que implican un uso continuado del Espacio números 4, 5 y 6 del Centro de Innovación y Tecnología 2021
Procedimiento de Resolución de la Convocatoria:
- Lista definitiva solicitantes (valoración condiciones): Descargar archivo
- Lista provisional solicitantes (valoración condiciones): Descargar archivo. Plazo para posibles reclamaciones: De 2 al 8 julio 2021
- Lista definitiva solicitantes (cumplimento de condiciones): Descargar archivo.
- Lista provisional solicitantes (cumplimento de condiciones): Descargar archivo. Plazo para posibles reclamaciones: De 15 al 21 junioo 2021
Procedimiento de Apertura de la Convocatoria:
- Presentación de solicitudes: del 21 al 31 de mayo de 2021.
- Información y solicitudes: Delegación Municipal de Desarrollo Económico. Avda. Felix Rodriguez de la Fuente, S/N – Palma del Río (Córdoba). Teléfono: 957644034 – 619117743. E-mail: empresa.desarrollolocal@palmadelrio.es
- Documentación: Anuncio decreto de aprobación de la convocatoria y bases: Descargar archivo
Convocatoria para la concesión de autorización para la utilización de los servicios que implican un uso continuado del Espacio número 4 del Centro de Innovación y Tecnología 2018
Procedimiento de Resolución de la Convocatoria:
- Lista definitiva solicitantes (valoración) – Resolución de la convocatoria: Descargar archivo
- Lista provisional solicitantes (valoración): Descargar archivo
- Lista definitiva solicitantes (tecnicamente viables o no): Descargar archivo.
- Lista provisional solicitantes (tecnicamente viables o no): Descargar archivo. Plazo para posibles reclamaciones: De 21 marzo al 5 abril 2018
- Lista definitiva solicitantes (cumplimento de condiciones): Descargar archivo
- Lista provisional solicitantes (cumplimento de condiciones): Descargar archivo. Plazo para posibles reclamaciones: De 20 febrero al 6 marzo 2018
Procedimiento de Apertura de la Convocatoria:
- Presentación de solicitudes: del 18 de enero al 1 de febrero de 2018 (ambos inclusive).
- Espacios: Centro de trabajo número 4
- Requisitos para participar en la Convocatoria:
1. Podrán solicitar autorización para el uso de los Centros de Trabajo del Centro de Innovación y Tecnología “Alcalde Manuel López Maraver”, aquellas personas físicas y jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado carente de personalidad jurídica o proyectos empresariales promovidos por personas físicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, siempre y cuando justifiquen el inicio de su actividad como empresa previamente a la resolución de autorización de uso del centro de trabajo, conforme a lo establecido en los artículos 9 y 13 de esta Ordenanza del Cit, y que cumplan las condiciones que se indican adelante:
– Que los proyectos empresariales de base tecnológica y/o innovadores sean seleccionados por su viabilidad económica, técnica y financiera conforme al proceso de evaluación y valoración definido en la presente convocatoria.
– Que las empresas o proyectos empresariales desarrollen actividades que se consideren compatibles con las características físicas del CIT y con el fin al que está destinado.
2. En ningún caso, podrán obtener la condición de beneficiario/a las empresas, personas físicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas no constituidas como empresas y en quien concurra las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las establecidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, o en sus respectivas normativas de desarrollo.
- Documentación a presentar acompañando a la solicitud:
1. La solicitud deberá ir acompañada del original o copia debidamente compulsada de la siguiente documentación (Anexo I):
A.- Con carácter general.
-Plan de empresa de la actividad y curriculum de la personas promotoras (anexo II)
-Proyecto técnico de instalación (Anexo III).
-Declaración responsable, por la que, entre otras cuestiones, el solicitante, se declara no estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición establecidos en el el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las establecidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y su compromiso de iniciar la actividad en el Centro de Innovación y Tecnología “Alcalde Manuel López Maraver” en el plazo de tres meses desde la fecha del otorgamiento de la autorización. (Anexo IV)
B.- En caso, de que la empresa ya estuviera constituida en el momento de la solicitud.
Persona física:
-DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
-Informe de situación actual del solicitante en el sistema de la Seguridad Social que acredite su situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
-Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT.
Persona jurídica u otras entidades:
-CIF de la empresa.
-DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del representante legal de la entidad y socios en su caso.
-Escrituras de constitución, estatutos y sus modificaciones, inscritas en el correspondiente registro.
-Acreditación de la representación del firmante de la solicitud, cuando actúe como representante legal.
-Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT.
C.- En caso, de que la empresa no estuviera constituida en el momento de la solicitud.
-Las empresas no constituidas en el momento de presentar su solicitud deberán aportar el resto de documentos establecidos en el apartado B y la declaración responsable del anexo V, con carácter previo a la resolución de autorización de uso del centro de trabajo, en el caso de que resulten beneficiarios.
- Información y solicitudes: Delegación Municipal de Desarrollo Económico. Avda. Felix Rodriguez de la Fuente, S/N – Palma del Río (Córdoba). Teléfono: 957644034 – 619117743. E-mail: empresa.desarrollolocal@palmadelrio.es
- Documentación: Anuncio decreto de aprobación de la convocatoria y bases: Descargar archivo
Convocatoria para la concesión de autorización para la utilización de los servicios que implican un uso continuado de espacios en el Centro de Innovación y Tecnología 2016
Procedimiento de Resolución de la Convocatoria:
- Lista definitiva solicitantes (valoración) – Resolución de la convocatoria: Descargar archivo
- Lista provisional solicitantes (valoración): Descargar archivo. Plazo para posibles reclamaciones: De 9 al 20 septiembre 2016
- Lista definitiva solicitantes (tecnicamente viables o no): Descargar archivo
- Lista provisional solicitantes (tecnicamente viables o no): Descargar archivo. Plazo para posibles reclamaciones: De 26 julio al 5 agosto 2016
- Lista definitiva solicitantes (cumplimiento de condiciones): Descargar archivo
- Lista provisional solicitantes (cumplimento de condiciones): Descargar archivo. Plazo para posibles reclamaciones: De 29 junio al 9 julio 2016
Procedimiento de Apertura de la Convocatoria:
- Presentación de solicitudes: del 5 de abril al 24 de mayo de 2016 (ambos inclusive).
- Espacios:En Planta Baja:- Centro de trabajo 1 con una superficie de 66 m2.
– Centro de trabajo 2 con una superficie de 66 m2.
– Centro de trabajo 3 con una superficie de 73 m2.
En Planta Primera:
– Centro de trabajo 4 con una superficie de 66 m2.
– Centro de trabajo 5 con una superficie de 66 m2.
– Centro de trabajo 6 con una superficie de 57,70 m2.
- Requisitos para participar en la Convocatoria:- Empresas (persona física o jurídica) o proyectos empresariales promovidos por personas físicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado carente de personalidad jurídica, siempre y cuando justifiquen el inicio de su actividad como empresa previamente a la resolución de autorización de uso del centro de trabajo.- Que las empresas o proyectos empresariales desarrollen actividades que se consideren compatibles con las características físicas del CIT.
– Los destinatarios de los Centros de Trabajo serán empresas de base tecnológica y/o innovadoras, que tengan por objeto la investigación, el desarrollo tecnológico o la innovación tecnológica, para la obtención de nuevos productos, procesos o la mejora sustancial de los ya existentes, o que presten servicios de ingeniería con el apoyo del desarrollo tecnológico, en las siguientes areas: Tecnologías de la Información y la Comunicación, Energía (Energías Renovables, Eficiencia y Ahorro Energético), Medio Ambiente (Tecnlogías del Agua, Bioenergía), Biotecnología, Salud (Biomédica, Biomedicina, Biofarmacia, Farmacovigilancia), Calidad y Seguridad Alimentaria, e Ingeniería (Procesos, Mecánica, Diseño Industrial, Eléctrica, Electrónica, Informática, Optica, Química, Médica, Industrial, Aeroespacial, Informática, Telecomunicaciones,…)
- Documentación a presentar acompañando a la solicitud:La solicitud deberá ir acompañada del original o copia debidamente compulsada de la siguiente documentación (Anexo I):
A.- Con carácter general:
• Plan de empresa de la actividad (anexo II)
• Proyecto técnico de instalación (Anexo III).
• Curriculum Vitae de las personas promotoras (Anexo IV).
• Declaración responsable, por la que, entre otras cuestiones, el solicitante, se declara no estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición establecidos en el el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, las establecidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y su compromiso de iniciar la actividad en el
Centro de Innovación y Tecnología en el plazo de tres meses desde la fecha del otorgamiento de la autorización. (Anexo V)
B.- En caso, de que la empresa ya estuviera constituida en el momento de la solicitud:
Persona física:
• DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
• Informe de situación actual del solicitante en el sistema de la Seguridad Social que acredite su situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
• Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT.
Persona jurídica u otras entidades:
• CIF
• DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del representante legal de la entidad y
socios en su caso.
• Escritura de constitución, o, en su caso, pacto, debidamente inscrita en el
Registro Mercantil (de ser necesario) y acreditación de la representación.
• Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT.
C.- En caso, de que la empresa no estuviera constituida en el momento de la solicitud:
• Las empresas no constituidas en el momento de presentar su solicitud deberán aportar el resto de documentos establecidos en el apartado B, con carácter previo a la resolución de autorización de uso del centro de trabajo, en el caso de que resulten adjudicatarios.
Más Información en: Delegación Municipal de Desarrollo Económico. Avda. Felix Rodriguez de la Fuente, S/N – Palma del Río (Córdoba). Teléfono: 957644034 – 619117743. E-mail: empresa.desarrollolocal@palmadelrio.es
Documentación:
- Anuncio decreto de aprobación de la convocatoria y bases: Descargar archivo
- Solicitud y anexos: Descargar archivo
Centro de apoyo al desarrollo empresarial
Andalucía Emprende Fundación Pública Andaluza, es una entidad sin ánimo de lucro adscrita a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, cuya misión es apoyar la actividad económica en la Comunidad Autónoma, mediante la prestación de servicios de calidad para promover la iniciativa emprendedora y el desarrollo empresarial, apoyando la creación y consolidación de empresas y empleo y la promoción y fomento de la cultura emprendedora.
Su finalidad última es contribuir al desarrollo empresarial andaluz, tanto en el ámbito local y rural, como en los principales enclaves económicos de Andalucía, para lo que cuenta con la colaboración de los municipios donde se asientan sus Centros de Apoyo al Desarrollo Empresarial (CADEs).
Para el cumplimiento de sus objetivos, la Fundación cuenta con una amplia y completa infraestructura compuesta en la actualidad por 215 Centros de Apoyo al Desarrollo Empresarial (CADEs) atendidos por equipos multidisciplinares y dotados de infraestructuras para la prestación de los servicios de asistencia técnica cualificada, formación y alojamiento empresarial. En nuestro municipio, Andalucía Emprende cuenta con 8 alojamientos gratuitos, 5 naves y 3 locales, para incubación de empresas durante los primeros pasos del nuevo proyecto donde reciben tutorías especializadas así como seguimiento y asesoramiento continuo con el fin último de apoyar su supervivencia y consolidación. Este sistema de tutorías se presta también en régimen de incubación externa a empresas que no requieren alojamiento.
- Ubicación
- CADE (Atención al público): Avda. Santa Ana, 33 1ª (Edificio Los Bombos)
- Naves y locales para Incubados: Avda. Félix Rodríguez de la Fuente, S/N
- Web
- www.andaluciaemprende.es
- Responsable
-
- Manuel Chamorro Asencio (Responsable Zona de la Vega del Gudalquivir)
Las naves y locales de Palma del Río se encuentran en la Avenida Félix Rodríguez de la Fuente , S/N, y cuentan con los siguientes detalles referentes a su dimensión:
- Nave Nº1: 350 m2 aproximadamente
- Nave Nº2: 468 m2 aproximadamente
- Nave Nº3: 259 m2 aproximadamente
- Nave Nº4: 259 m2 aproximadamente
- Nave Nº5: 258 m2 aproximadamente
- Local Nº6: 69 m2 aproximadamente
- Local Nº7: 63 m2 aproximadamente
- Local Nº8: 63 m2 aproximadamente
Los proyectos que soliciten su incubación firman un contrato con Andalucía Emprende por 3 años prorrogables.
El CADE de Palma del Río es Punto PAE del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para constituir empresas de forma telemática entre 24 y 48 horas dependiendo de la forma jurídica y reduciendo gastos, desplazamientos y tiempo.
De este modo, Andalucía Emprende trabaja con numerosos colectivos potencialmente emprendedores (población universitaria, mujeres, jóvenes, profesionales desempleados, inmigrantes, grupos en riesgo de exclusión social), fomentando la actividad económica en sectores tradicionales y novedosos (proyectos de base conocimiento, tanto tecnológica como creativa, proyectos multiculturales, proyectos sociales…) y facilitando la introducción de todos aquellos elementos innovadores que aseguran el éxito de las empresas.
Todos estos objetivos y tareas se recogen en la Carta de Servicios de Andalucía Emprende, en la que, además de detallar los derechos y obligaciones de las personas y empresas usuarias, las herramientas a utilizar, las normas y sistemas de calidad y evaluación de resultados utilizados, se detallan los servicios que se prestan, que podemos enumerar de manera esquematizada:
- Fomento de la Cultura Emprendedora
– Educación en capacidades emprendedoras
– Fomento y orientación de la iniciativa emprendedora
– Desarrollo de la actividad emprendedora en el ámbito local
- Apoyo al proyecto emprendedor y a la creación de la empresa
– Información, comunicación y atención personal
– Diseño de proyectos emprendedores y plan de empresa
– Asistencia en la constitución de la empresa
– Acompañamiento empresarial: incubación y tutorización
– Mentoración por asesores con experiencia
- Apoyo a la consolidación de proyectos y de empresas andaluzas
– Alojamiento empresarial
– Formación
– Consultoría específica para la consolidación empresarial
– Herramientas para la gestión empresarial
– Asistencia en la toma de decisiones estratégicas
Toda esta información puede ser ampliada a través de la web www.andaluciaemprende.es , a través del canal de televisión www.andaluciaemprende.tv , o la presencia de Andalucía Emprende en las Redes Sociales: CADE Córdoba: www.facebook.com/cadecordoba y Andalucía Emprende: www.facebook.com/andaluciaemprende
Centro de servicios integrados
El Centro de Servicios Integrados, es un edificio de uso público, donde el Ayuntamiento pone a disposición de todas las empresas, el uso de locales comerciales para posibilitar el desarrollo satisfactorio de su actividad, con la intención de ubicar en él, empresas de servicios complementarios y auxiliares a las necesidades de las actividades empresariales y profesionales llevadas a cabo en el Polígono Industrial, con la intención de dar cobertura a la necesidad existente. La obtención de estos locales es a través de concesión administrativa de arrendamiento.
La ubicación del Centro de Servicios Integrados, se considera que está en una zona estratégica, al encontrarse situado entre los dos Polígonos Industriales de Palma del Río, el Mataché y el Garrotal. Es un edificio que consta de dos plantas, en las parcelas 76-1 y 76-2 del Polígono Industrial Mataché II, y donde se ubican actividades fundamentalmente de servicios, así como dependencias generales que puedan servir para la formación de trabajadores, servicios comunes a las empresas y cuantos puedan exigir empresas presentes y futuras radicadas en suelo industrial de Palma del Río.
Este edificio, contruido como centro logístico, cuenta con dos plantas y actualmente están ubicadas cinco empresas que prestan su servicio a todas las empresas del Polígono Industrial.
Para más información sobre la situación del Centro de Servicios Integrados, o de cómo acceder a un local comercial, se informa en la Delegación Municipal de Desarrollo Local, en Avda. Felix Rodríguez de la Fuente s/n, de Palma del Río.
Infraestructura industrial
Polígono Industrial Mataché:
En la actualidad, el crecimiento económico, los grandes desarrollos urbanísticos, unido al crecimiento demográfico y la creación de infraestructuras, han repercutido en un gran aumento de la demanda de producto industrial (suelo, naves, etc).
La primera oferta de Suelo Industrial en el Municipio de Palma del Río la encontramos con la puesta en valor del Polígono Industrial Mataché. Con esta infraestructura se dotó a la localidad de una zona industrial donde se ubicaron tanto empresas ya existentes en el casco urbano, como de nueva creación. La llegada de empresas a este polígono como a su posterior ampliación fue lento, pero se desarrolló de forma continuada en el tiempo.
El Polígono Industrial de Mataché cuenta con una superficie de 68.550,00 metros cuadrados, y sus ampliaciones, Mataché I y Mataché IV, una superficie de 105.690,53 y 74.361,00 metros cuadrados respectivamente.
Este polígono está situado en el extrarradio del municipio, y actualmente está compuesto por empresas de diversa tipología, entre las que destacan las dedicadas a la conservación, reparación, construcción e industria.
Polígono Industrial El Garrotal:
Debido a la creciente demanda de suelo industrial y de infraestructuras industriales, el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, decidió comenzar un Nuevo Proyecto de promoción de suelo industrial con el P.I. El Garrotal y su Ampliación.
El Polígono Industrial El Garrotal cuenta con una superficie de 197.290,00 metros cuadrados, y está situado en el extrarradio de la ciudad, en la carretera de Fuente Palmera. Actualmente cuenta con empresas de muy diversa actividad, entre las que destacan, la reparación, industria, conservación, servicios, etc.
Uno de los proyectos a destacar, y desarrollado en el P.I. El Garrotal, es el “Proyecto Tecnopalma», y del cual el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río llevó a cabo la gestión y seguimiento de naves industriales.
Asimismo, la creciente demanda de suelo industrial y de infraestructuras industriales, ha motivado que el Ayuntamiento de Palma del Río esté trabajado en la actualidad, en los siguientes proyectos:
- Ampliación Polígono Industrial Garrotal -Oeste: Ampliación del P.I. El Garrotal de Palma del Río, que cuenta con una superficie de 239.391,40 metros cuadrados.
- SUNS/NE-1 (Agroindustrial): Polígono donde se instalarán Proyectos Agroalimentarios de gran envergadura, presentes o futuros en la localidad. Cuenta con una superficie de 280.000,00 metros cuadrados.
El Ayuntamiento, en colaboración con CINCOROC (Corporación Industrial Córdoba Occidental, S.A.), promotora de la construcción, realizó un Proyecto de Naves Industriales Modulares situadas en el Plan Parcial Industrial 2 «El Garrotal», de Palma del Río. Este proyecto plantea un total de 15 naves industriales con el objetivo de facilitar el traslado de las empresas del casco urbano al Polígono Industrial, y a su vez fomentar las empresas de Economía Social. Se realizará en dos fases, la primera de ellas con 4 naves ya finalizó y está puesta en marcha, y la segunda fase con las 11 naves restantes se completará en función de la demanda. Las naves construidas tienen una dimensión que oscila entre los 180,5 y los 182,641 metros cuadrados. Las demás naves proyectadas tendrían una dimensión que oscilaría desde los 192,752 hasta los 273,292 metros cuadrados.
Aparcamiento para vehículos pesados
Actualmente Palma del Río cuenta con una zona ubicada en el Polígono Industrial “El Garrotal» dedicado al estacionamiento de Vehículos Pesados. Destacar la importancia que este servicio supone para nuestra localidad, tanto desde el punto de vista de ordenación de la circulación y del bienestar de la localidad, como de organización del sector Transportes de la localidad.
Mercado de abastos
El Mercado de Abastos de Palma del Río, es un edificio emblemático para nuestra ciudad, recinto que acoge diariamente tanto a vecinos como turistas que acuden a hacer una visita o a realizar sus compras de productos frescos del día. Es un mercado tradicional y apreciado por todos los palmeños, y al igual que en otras ciudades, tiene una enorme importancia tanto a nivel cultural como económico.
El Mercado fue construido en 1930 y lo más antiguo que se conserva de él, es su fachada, su decoración esta realizada en ladrillo y en el interior las galerías se organizan en torno a un espacio central.
En él podemos encontrar variedad de establecimientos, con productos de primera necesidad, como carnes, pescado, frutas, panadería, churrería y textil, contando con un total de ocho puestos.
Se encuentra situado en el centro de la ciudad, sito en Calle Plata Nº 11, ante la Plaza de Abastos.
Comercio ambulante
El Mercado Ambulante que se celebra semanalmente en Palma del Río, popularmente conocido como “El Martes» (por el día de la semana que se instala), viene celebrándose desde hace muchos años ya, convirtiéndose en una tradición para todos los vecinos palmeños. Es típico y común ver todos los martes por la mañana a multitud de vecinos/as como se desplazan hasta él a realizar sus compras en los pequeños y desmontables puestos del mercadillo, en el Paseo Alfonso XII convirtiéndose este lugar en un gran bazar.
Podemos denominarlo como un comercio de intramuros, heterogéneo y doméstico, que ofrece a sus clientes una gama de productos de manera muy directa y cercana.
Existen alrededor de 60 puestos, que nos ofrecen una gran variedad de productos, desde ropa, calzado, decoración hasta fruta, verdura y multitud de alimentos.
Actualmente, la Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante en el Término Municipal de Palma del Río, publicada en el BOP de Córdoba el 20 de mayo de 2011, es la que regula y da forma a la gestión y ordenamiento del mercadillo ambulante de nuestra ciudad.
El procedimiento para la concesión de autorización para el ejercicio del comercio ambulante se hará mediante convocatoria de los puestos a ocupar en el mercadillo de este término municipal, mediante Resolución del órgano municipal competente, publicada en el BOP de la provincia, expuesta en el Tablón de Edictos y en la página web del Ayuntamiento (Artículo 13 de la Ordenanza Reguladora).
Concesión de autorización para el ejercicio de comercio ambulante en los puestos que puedan quedar vacantes del mercadillo semanal, hasta nueva convocatoria
- Anuncio del decreto que aprueba la rectificación del decreto que aprueba la lista de reservas: Descargar archivo
- Anuncio del decreto que aprueba la lista de reservas: Descargar archivo
Convocatoria para la concesión de autorización para el ejercicio de comercio ambulante en los puestos vacantes del mercadillo semanal, concretamente para el puesto 46
Procedimiento de Resolución de la Convocatoria.-
- Relación definitiva de valoración de admitidos/as: Descargar archivo
- Relación provisional de valoración de admitidos/as: Descargar archivo. Plazo reclamaciones: del 21 marzo al 5 abril 2018
- Relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as: Descargar archivo
- Relación provisional admitidos/as y excluidos/as: Descargar archivo. Plazo subsanación: del 8 al 21 febrero 2018.
- Presentación de solicitudes: del 26 diciembre 2017 al 23 de enero 2018.
- Bases de la convocatoria: Descargar archivo
- Extracto informativo: Descargar archivo
- Modelo solicitud: Descargar archivo
Transmisión de la autorización municipal para el ejercicio del comercio ambulante:
Las personas físicas o jurídicas que deseen llevar a cabo dicha transmisión de la autorización municipal para el ejercicio del comercio ambulante, deberán presentar su solicitud en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento, conforme al modelo oficial. La documentación a aportar tanto por el cedente como por el cesionario es la siguiente:
- Modelo solicitud transmisión cedente: Descargar archivo.
- Fotocopia compulsada del DNI del cedente, del cesionario y los autorizados, en el caso de que los hubiera.
- Informe de la vida laboral actualizado a la fecha de la transmisión de la autorización.
- Certificado de estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas y estar al corriente en el pago del impuesto o, en caso de estar exentos, estar dado de alta en el censo de obligados tributarios.
- Certificado de estar al corriente en el pago de las cotizaciones del régimen de la Seguridad Social que corresponda.
- Seguro de Responsabilidad Civil que cubra los riesgos de la actividad comercial.
- Certificado de estar al corriente en el pago delas tasas municipales correspondientes.
Además el cesionario deberá adjuntar tambien:
- Modelo solicitud transmisión cesionario: Descargar archivo.
- Fotografía del cesionario, y los autorizados, en el caso de que los hubiera.
Marco legal:
Pago a Proveedores: Presentación de Facturas
1.- Con la nueva Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en vigor desde el 1 de octubre de 2016, las entidades que a continuación se indican están obligadas a relacionarse con las administraciones públicas por medios telemáticos o electrónicos:
- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
- Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Relacionarse por medios telemáticos o electrónicos implica que no pueden presentar en el Ayuntamiento documentación, incluyendo facturas, por el sistema tradicional, es decir, a través del Registro General de Entrada. Obligatoriamente, tienen que hacerlo por vías telemáticas o electrónicas.
2.- Asimismo, desde la entrada en vigor de Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica, todos los proveedores pueden presentar a las administraciones públicas facturas electrónicas, de ahí que el Ayuntamiento de Palma del Río se encuentre adherido a «FACe-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas» del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, página web por la que se realiza la presentación de dichas facturas, estando obligadas a utilizar esta vía las siguientes entidades:
- Sociedades anónimas.
- Sociedades de responsabilidad limitada.
- Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.
- Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en el territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.
- Uniones temporales de empresas.
- Agrupación de interés económico y agrupación de interés económico europea.
- Fondos de pensiones, de capital de riesgo, de inversiones, de utilización de activos, de regularización de mercado hipotecario, de titulización hipotecaria y de garantía de inversiones.
Teniendo en cuenta lo establecido en las normativas reflejadas anteriormente, los proveedores del Ayuntamiento de Palma del Río están obligados, a partir del día 1 de abril de 2017, a presentar las facturas que emitan por su relación comercial o profesional con éste, utiliando las vías habilitadas para ello, y que son:
- «FACe-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas» del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas: Esta es la vía universal para que todos los proveedores presenten las facturas independientemente de su cuantía. Para la presentación de facturas electrónicas, así como para obtener toda la información sobre el procedimiento a seguir para ello, pinchar AQUÍ
- «Sede Electrónica» en Página Web: Por esta vía se pueden presentar las facturas que emitan proveedores obligados por la nueva Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, enumerados en el punto 1; y que emitan proveedores obligados por la Ley 25/2013 de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electronica cuyo importe sea inferior a 5.000 euros, enumerados en el punto 2.
Para la presentación de facturas por esta vía, es necesario que el proveedor disponga de «certificado digital».
IMPORTANTE: Para la presentación de facturas por «Sede Electrónica», hay que hacerlo por el trámite «Pagos a Proveedores: Facturas» del organismo municipal al que corresponda, es decir, si las facturas pertenecen al Ayuntamiento, al Instituto Municipal de Bienestar Social, al Patronato Deportivo Municipal o al Patronato Municipal de Cultura.
A través de los siguientes enlaces, se accede a los trámites «Pagos a Proveedores: Facturas» de los citados organismos (Se recomienda utilizar el buscador MOZILLA FIREFOX)
– «Pagos a Proveedores: Facturas» del Ayuntamiento, pinchar AQUI.
– «Pagos a Proveedores: Facturas» del Instituto Municipal de Bienestar Social, pinchar AQUI.
– «Pagos a Proveedores: Facturas» del Patronato Deportivo Municipal, pinchar AQUI.
– «Pagos a Proveedores: Facturas» del Patronato Municipal de Cultura, pinchar AQUI.
- «Registro General de Entrada» del Ayuntamiento de Palma del Río: Por esta vía solo podrán presentarse las facturas emitidas por las personas físicas que no estén colegiadas, ni actúen con representación de un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. Para la presentación de facturas por esta vía, hay que personarse en el Registro General de este Ayuntamiento (Plaza Mayor de Andalucía, 1).